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Nacional Sociedad

Pasó a diputados para su reconsideración

ANF J7141 20:18:09 11-03-1999 JUD SENADO-APROBACION CPP Pasó a diputados para su reconsideración Senado aprobó Código de Procedimiento Penal -Albarracín afirma que agentes encubiertos y entregas vigiladas desvirtúan espíritu del CPP La Paz, 11 de mar. (ANF).- El senado aprobó el Código de Procedimiento Penal (CPP) que introduce en la economía jurídica del país los polémicos agentes encubiertos y las entregas vigiladas a los cuáles se oponen abiertamente la Comunidad de Derechos Humanos de Bolivia En sesión por tiempo y materia los parlamentarios de la Cámara Alta después de varias semanas terminaron el tratamiento de la norma legal que será enviado a diputados para su reconsideración. Incostitucional El presidente de la Asamblea de Derechos Humanos, Waldo Albarracín, sostuvo que el poder del rodillo oficialista se impone, esperán "la vigencia del Tribunal Constitucional para presentar un recurso de inconstitucionalidad". Aseguró que la introducción de esas figuras penales desvirtúa completamente el espíritu del proyecto de CPP que pretendió ser una respuesta al problema estructural de las injusticias cometidas al interior del Poder Judicial. Modernización Según los parlamentarios del oficialismo la nueva norma legal, que moderniza la economía jurídica del país, contiene disposiciones que permitirán enfrentar de manera frontal el delito del narcotráfico, utilizando para ello dos técnicas modernas: el agente encubierto y la entregas vigiladas. Asimismo, incorpora en el nuevo Código de Procedimiento Penal la oralidad en los juicios ordinarios, permitiendo que los mismos sean resueltos en el tiempo más corto posible, evitando así la retardación de justicia. Una de las principales disposiciones del Código es que ninguna persona podrá ser condenada a sanción alguna si no es por sentencia ejecutoriada, dictada luego de haber sido oído previamente en juicio oral y público, celebrado conforme a la Constitución, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y el mismo Código. Otro de los artículos que mereció un prolongado debate y provocó incluso, dos cuartos intermedios, fue el referido a la cancelación de antecedentes inserto en el Titulo III Registros, Libro Cuarto Ejecución Penal, El texto del artículo 441 aprobado finalmente reza así: "El registro de las sentencias condenatorias ejecutoriadas será cancelado: después de transcurridos ocho años de la extinción de la pena privativa de libertad 2)después de transcurridos ocho años desde que se dictó la sentencia condenatoria, concediendo la suspensión condicional de la pena; y 3) después de transcurridos tres años de la extinción para las condenas a pena de multa o inhabilitación. (NVS)
11 de Marzo, 1999
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ANF J7141 20:18:09 11-03-1999JUD SENADO-APROBACION CPPPasó a diputados para su reconsideraciónSenado aprobó Código deProcedimiento Penal-Albarracín afirma que agentes encubiertos y entregas vigiladas desvirtúan espíritu del CPPLa Paz, 11 de mar. (ANF).- El senado aprobó el Código de Procedimiento Penal (CPP) que introduce en la economía jurídica del país los polémicos agentes encubiertos y las entregas vigiladas a los cuáles se oponen abiertamente la Comunidad de Derechos Humanos de BoliviaEn sesión por tiempo y materia los parlamentarios de la Cámara Alta después de varias semanas terminaron el tratamiento de la norma legal que será enviado a diputados para su reconsideración.IncostitucionalEl presidente de la Asamblea de Derechos Humanos, Waldo Albarracín, sostuvo que el poder del rodillo oficialista se impone, esperán "la vigencia del Tribunal Constitucional para presentar un recurso de inconstitucionalidad".Aseguró que la introducción de esas figuras penales desvirtúa completamente el espíritu del proyecto de CPP que pretendió ser una respuesta al problema estructural de las injusticias cometidas al interior del Poder Judicial. ModernizaciónSegún los parlamentarios del oficialismo la nueva norma legal, que moderniza la economía jurídica del país, contiene disposiciones que permitirán enfrentar de manera frontal el delito del narcotráfico, utilizando para ello dos técnicas modernas: el agente encubierto y la entregas vigiladas.Asimismo, incorpora en el nuevo Código de Procedimiento Penal la oralidad en los juicios ordinarios, permitiendo que los mismos sean resueltos en el tiempo más corto posible, evitando así la retardación de justicia.Una de las principales disposiciones del Código es que ninguna persona podrá ser condenada a sanción alguna si no es por sentencia ejecutoriada, dictada luego de haber sido oído previamente en juicio oral y público, celebrado conforme a la Constitución, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y el mismo Código.Otro de los artículos que mereció un prolongado debate y provocó incluso, dos cuartos intermedios, fue el referido a la cancelación de antecedentes inserto en el Titulo III Registros, Libro Cuarto Ejecución Penal,El texto del artículo 441 aprobado finalmente reza así:"El registro de las sentencias condenatorias ejecutoriadas será cancelado: después de transcurridos ocho años de la extinción de la pena privativa de libertad2)después de transcurridos ocho años desde que se dictó la sentencia condenatoria, concediendo la suspensión condicional de la pena; y 3) después de transcurridos tres años de la extinción para las condenas a pena de multa o inhabilitación. (NVS)

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