La Paz, 23 Jul. (ANF).- El subjefe de bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en Diputados, Jorge Medina, afirmó este martes que el tema del aborto no será debatido en la Asamblea Legislativa por el oficialismo, porque no existe un proyecto de ley sobre el tema, por lo que dejan en manos del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la resolución de este tema.
El legislador dijo que el TCP es el que debe emitir un fallo, puesto que ante esa instancia se presentó un recurso abstracto por parte de la diputada Patricia Mancilla (MAS), en contra de varios artículos relacionados al aborto en el Código Penal.
“El tema del aborto no está en discusión, no es un tema que este en la agenda del MAS. Eso es una responsabilidad del Tribunal Constitucional porque se está hablando del Código Penal (…), no del legislativo porque no hay un proyecto de ley”, manifestó Medina a la ANF.
Por su parte el presidente en ejercicio, Álvaro García Linera, se ratificó en las declaraciones del presidente Evo Morales, quien el pasado viernes indicó que este tema será parte de un debate a nivel del Órgano Ejecutivo.
“El presidente Evo se ha pronunciado de manera clara al respecto, hay un ordenamiento legal que penaliza el aborto y establece unas excepciones en caso de que se ponga en riesgo la vida de la madre, en caso de violación, pero a la vez también hablado de que hay un debate y el debate está abierto en torno a esta temática”, manifestó.
El año 2012 la diputada Mancilla interpuso una acción de inconstitucionalidad ante el TCP en contra de 12 artículos del Código Penal, tres de los cuales (263, 266 y 269) se refieren al aborto y establecen las penas a quienes los efectúan.
LA NORMA: El artículo 266 del Código Penal establece que: “Cuando el aborto hubiere sido consecuencia de un delito de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto, no se aplicará sanción alguna, siempre que la acción penal hubiere sido iniciada”.
Tampoco será punible si el aborto hubiere sido practicado con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no podía ser evitado por otros medios.
En ambos casos, el aborto deberá ser practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer y autorización judicial en su caso.
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