La Paz, 22 Jul. (ANF).- Asambleístas de oficialismo y oposición coincidieron por separado en rechazar la despenalización del aborto en el país, como lo planteó la diputada Patricia Mancilla del Movimiento Al Socialismo (MAS), en un recurso abstracto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que aún no emitió un fallo.
El diputado Galo Bonifaz (MAS) dijo que la única forma de despenalizar el aborto implicaría una reforma a la Constitución Política del Estado (CPE) que tiene por prioridad proteger la vida. “Personalmente yo no estoy de acuerdo con la despenalización, porque respeto la Constitución”, señaló.
Asimismo el diputado Rodolfo Calle (MAS) expresó: “Yo particularmente no estoy de acuerdo en que se legalice el aborto, porque el Código Penal establece que si se acepta el aborto en casos de violación, de incesto, o, cuando la vida de la madre corre peligro, siempre con una autorización judicial”.
Por su parte, el jefe de bancada de Convergencia Nacional (CN), Adrián Oliva, afirmó que el tema del aborto pretende ser utilizado por el Gobierno como una cortina de humo, que busca desviar la atención de la población y los medios de comunicación de la realidad que vive el país.
“No vamos a entrar en un debate en el que lamentablemente se está utilizando un tema sensible para ocultar otro que compromete la fe del Estado. No estamos de acuerdo, estamos a favor de la vida, no de la muerte”, afirmó.
El año 2012 la diputada Mancilla interpuso una acción de inconstitucionalidad ante el TCP en contra de 12 artículos del Código Penal, tres de los cuales (263, 266 y 269) se refieren al aborto y establecen las penas a quienes los efectúan.
LA NORMA: El artículo 266 del Código Penal establece que: “Cuando el aborto hubiere sido consecuencia de un delito de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto, no se aplicará sanción alguna, siempre que la acción penal hubiere sido iniciada”.
Tampoco será punible si el aborto hubiere sido practicado con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no podía ser evitado por otros medios.
En ambos casos, el aborto deberá ser practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer y autorización judicial en su caso.
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