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Justicia

Proyecto de ley establece evaluaciones médicas y revisión judicial para castración química

La iniciativa se sustenta en la preocupación por la persistencia de altos índices de violencia sexual.
16 de abril, 2026 - 14:02
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Foto ilustrativa: UNAL
Foto ilustrativa: UNAL

La Paz, 16 de abril de 2026 (ANF).- El Proyecto de Ley PL-384/2025-2026 plantea incorporar la castración química al Código Penal boliviano bajo estrictos controles médicos y supervisión judicial, como una medida complementaria frente a la creciente incidencia de delitos sexuales en el país. 

La propuesta, impulsada por la diputada Marina Cachambi Álvarez, establece que su aplicación no sustituye la pena privativa de libertad, sino que se suma a ella como un mecanismo adicional de seguridad.

Según el documento, la castración química es definida como un tratamiento farmacológico destinado a reducir los niveles de testosterona y, con ello, los impulsos sexuales asociados a conductas delictivas. La medida tendría carácter temporal y estaría sujeta a evaluaciones médicas periódicas, así como a revisiones judiciales que determinen su continuidad, modificación o suspensión.

El proyecto delimita con precisión su ámbito de aplicación. Solo podría implementarse en casos de violación de infantes, niñas, niños y adolescentes, violación seguida de muerte y en situaciones de reincidencia en delitos sexuales, donde se identifique un riesgo elevado para la sociedad.

La iniciativa se sustenta en la preocupación por la persistencia de altos índices de violencia sexual. De acuerdo con el proyecto, más de 11.400 casos fueron registrados en 2025, lo que evidencia, según sus promotores, limitaciones en la efectividad de la normativa vigente, incluida la Ley N° 348. 

En este contexto, se plantea la castración química como una herramienta orientada a prevenir la reincidencia, especialmente en agresores con patrones de conducta compulsiva.

En cuanto a su implementación, el texto establece que la medida solo podrá disponerse tras una sentencia condenatoria ejecutoriada. Además, será obligatoria una evaluación médica integral que incluya exámenes físicos, psicológicos y psiquiátricos, con el fin de determinar la viabilidad clínica y los posibles riesgos para el condenado.

El proyecto también incorpora garantías orientadas a resguardar los derechos fundamentales. Se estipula que la aplicación debe respetar la dignidad humana, la integridad física y el principio de proporcionalidad, prohibiendo expresamente cualquier trato cruel, inhumano o degradante. Asimismo, se reconoce el derecho a la defensa y a solicitar revisiones periódicas de la medida.

En el plano institucional, se asignan responsabilidades específicas. El Ministerio de Salud deberá definir los protocolos médicos y la dosificación del tratamiento; el Órgano Judicial tendrá la competencia exclusiva para ordenar y supervisar su aplicación; y la Dirección General de Régimen Penitenciario se encargará de coordinar su ejecución en los centros penitenciarios.

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