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Economía

Mediante decreto, amplían el pago del IUE hasta el 31 de julio para contribuyentes "resto"

Los contribuyentes “resto” pagarán el 100% del impuesto a las utilidades hasta el mes de julio, pero se aclara que en caso de que lleguen a pagar solo el 50% hasta la fecha indicada, se aplicará excepcionalmente un pago escalonado, del otro 50%, hasta el mes de octubre.
29 de Mayo, 2020
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Ingreso del edificio de Impuestos Nacionales de Sacaba. Foto: Archivo/Internet.
Ingreso del edificio de Impuestos Nacionales de Sacaba. Foto: Archivo/Internet.
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La Paz, 29 de mayo (ANF). - El Gobierno nacional amplió, mediante el Decreto Supremo (DS) 4249, el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) de la gestión 2019 para los contribuyentes del Régimen General categorizados como “resto”, debido a cuarentena por la pandemia del coronavirus (Covid-19) que paralizó a gran parte de las empresas en el país.

En función a las características administrativas definidas por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), “resto” está referido a la mayoría de los contribuyentes y es por eso que beneficiaron con la condición impositiva de prórroga de pago. Las otras categorías son de Principales Contribuyentes (Prico) y Grandes Contribuyentes (Graco).

“El presente Decreto Supremo tiene por objeto prorrogar el plazo de vencimiento para la declaración, determinación y pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, con cierre al 31 de diciembre de 2019”, señala la norma.

Se explica que los contribuyentes “resto” pagarán el 100% del impuesto a las utilidades hasta el mes de julio, pero aclara que en caso de que lleguen a pagar solo el 50% hasta la fecha indicada, se aplicará excepcionalmente un pago escalonado, del otro 50%, hasta el mes de octubre.  

Asimismo, el decreto señala que los contribuyentes que paguen el IUE hasta este 29 de mayo, podrán rectificar la Declaración Jurada correspondiente hasta el 31 de julio “por el saldo a favor del Fisco que resulte, sin multas, intereses, ni mantenimiento de valor”. 

La normativa es una ampliación al Decreto Supremo 4198 que fue emitido durante la declaratoria de emergencia sanitaria por el Covid-19, que ponía como fecha límite el 29 de mayo para que los contribuyentes “resto”, “prico” y “graco” cumplan con la declaración y el pago del IUE.

Con relación a la situación de los Principales Contribuyentes y Grandes Contribuyente, el Viceministro de Política Tributaria, Sergio Villarroel, manifestó ayer mediante una nota institucional que “pueden pagar el impuesto hasta este viernes 29 de mayo, ya sea la totalidad o solamente el 50%”.

Aclaró que lo pueden hacer a través de las plataformas informáticas del SIN, como habitualmente lo hacen, “pudiendo acogerse además a la rectificación de sus pagos sin multas, mantenimiento de valor ni intereses hasta julio”.

Al respecto, en un comunicado institucional la Cámara Nacional de Comercio (CNC), cuestionó que el Gobierno, recién hasta el miércoles, haya anunciado esa “discriminación”, siendo que el plazo para el pago de las IUE para los principales y grandes contribuyentes culmina este viernes, asegurando que ello “es por demás reprochable”, puesto que la CNC habría pedido hace más de un mes la prórroga para dicho pago, asegurando que el Gobierno debe dar certidumbre en este tipo de casos y que estas medidas deberían tomarse de forma oportuna. La CNC señaló también que dicha determinación debería alcanzar a todos los contribuyentes y no sólo a los categorizados como "resto".

/ANF/ 

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    Servicio de Impuestos Nacionales