La Paz, 31 de agosto (ANF).- El ministro de Economía, Oscar Ortiz, informó este lunes que, en Consejo de Ministros, se aprobó el Decreto Supremo (D.S.) 4318 de reglamentación que establece que el diferimiento del pago de créditos alcanzará al conjunto de los prestatarios del país, hasta el 31 de diciembre.
“Este decreto establece que el diferimiento y la ampliación de las cuotas, correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre beneficiará al conjunto de los prestatarios, sin excepciones”, informó Ortiz en conferencia de prensa.
Sin embargo, explicó que la norma permite, a los ciudadanos que tengan las posibilidades económicas de pagar, continuar con sus cuotas bancarias de manera normal. Aclaró también que esa opción debe ser tomada de forma voluntaria.
Añadió que las cuotas diferidas, durante el año 2020, tendrán distintas opciones de pago que deberán ser acordadas entre las entidades financieras y los prestatarios. Las opciones van desde dividir los pagos en las cuotas restantes a pagar o cancelar el mismo al término del pago de créditos.
El D.S. también establece que las entidades financieras tienen dos años, a partir de la promulgación del decreto, para negociar con sus clientes la reprogramación de las cuotas diferidas. “Por lo tanto, este Decreto entra en vigencia a partir de hoy y se aplicará a todas las cuotas que estaban previstas para el pago de septiembre que inicia mañana”, sostuvo Ortiz.
La reglamentación anterior de diferimiento de créditos beneficiaba sólo a las personas que debían menos de Bs 1 millón y que no fuesen asalariados.
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