La Paz, 07 jun (ANF).- Este lunes, comenzaron las discusiones para elaborar el proyecto de ley minera. Hasta el jueves los distintos actores y operadores expondrán sus puntos de vista en torno a la futura norma. Múltiples son los temas que deben debatirse, como ser la migración de contrato, la función económica y social de estos, el control social y hasta identificar a la entidad fiscalizadora.
El objetivo del encuentro de privados, públicos y organizaciones sociales recoge impresiones tanto de operadores como de los afectados por la actividad extractiva.
La cita se cumple en Huajchilla, al sur de la ciudad de La Paz.
En esta primera jornada participaron alrededor de 120 delegados, representando a la empresa privada, a las Federaciones de trabajadores mineros asalariados (FSTMB)
y de cooperativistas (FENCOMIN), también asistieron enviados de las gobernaciones de Potosí, Oruro y Santa Cruz, así como del Colegio de geólogos y de varios ministerios.
TEMAS DE DISCUSIÓN
La discrepancia central de esta primera jornada fue la referida a ¿cuál es primero? La Ley o el contrato.
Unos sectores aseguran que el contrato minero, al que deben migrar las actuales concesiones, tiene que ser definido antes de la ley. Y otros señalan lo contrario, argumentando que la norma regulará en general para que el contrato se base en ésta.
El tema de
función económico-social exigió un mayor debate, pues será el requisito para mantener el derecho minero. Como se mantuvieron las divergencias, entonces deberá definirse esta modalidad.
Los cooperativistas mineros quieren quedar exentos de esta obligatoriedad y plantearon que las empresas mineras asuman.
Quedó sin definición cómo y bajo qué parámetro se va determinar esta función económico-social.
Concatenado al control se trató el tema referido a la entidad que será la responsable de otorgar derechos mineros y fiscalizar esta actividad. Unos dijeron que la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), pero otros se oponen porque creen que será “juez y parte”.
Para la segunda jornada están programados dos temas. Uno, los derechos preconstituidos de las cooperativas mineras. Y dos, la migración de las concesiones a los nuevos contratos.
LA CPE SIENTA BASES
La futura ley minera, se enmarcará en
el mandato de la Constitución Política del Estado (CPE), por lo tanto, deberá definir “los alcances” del “derecho minero” del titular, el cual “comprende las inversiones y trabajo en la prospección, exploración, explotación, concentración, industria o comercialización de los minerales o metales”, según el inciso IV del artículo 370 de la Carta Magna.
Además, esta futura ley, que sustituirá al actual Código Minero, debe determinar “las atribuciones” de la “entidad autárquica” que se encargue de la “dirección y administración superiores de la industria minera”, según reza el inciso II del artículo 372.
La nueva Carta Magna anuló las patentes y las concesiones, y en ese sentido, la futura ley
también normará la nueva modalidad de relacionamiento entre el Estado y los capitales privados.
La Constitución Política
“reconoce co-actores productivos a la industria minera estatal, industria minera privada y sociedades cooperativas”.
Además que puntualiza que “el Estado ejercerá control y fiscalización en toda la cadena productiva minera y sobre las actividades que desarrollen los titulares de derechos mineros, contratos mineros o derechos preconstituidos”.
La Ley de Leyes establece como recursos naturales a “los minerales en todos sus estados”, por lo tanto, “de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país”, según señala el artículo 348. En ese marco, “son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo” (art. 349).
Específicamente, para esta actividad extractiva, la Carta Magna señala que “el Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena productiva”, además que firmará “contratos mineros con personas individuales y colectivas previo cumplimiento de las normas establecidas en la ley”.
La nueva norma también deberá reglamentar la actividad y responsabilidades de las dependencias públicas, puesto que el “Estado, a través de sus entidades autárquicas, promoverá y desarrollará políticas de administración, prospección, exploración, explotación, industrialización, comercialización, evaluación e información técnica, geológica y científica de los recursos naturales no renovables para el desarrollo minero”.
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