
En el ejercicio del poder, es necesario que los órganos del Estado impulsen el sano equilibrio de sus funciones y competencias, de tal forma que se constituyan con la concepción clásica de los frenos y contrapesos, en el equilibrio del ejercicio del poder. El implementar en las cámaras funciones de control del ejercicio del gobierno representará una oportunidad para transparentar el ejercicio de las funciones públicas, y los ciudadanos ganaremos sin equívocos.
Esta es la filosofía óptima que en una democracia participativa, plural y diversa, resultará de trascendental importancia para reforzar la independencia de los órganos del Estado, desplazando toda forma de cooptación con el propósito de anular cualquier sistema de tergiversación o injerencia; elementos que no contribuyen al fortalecimiento de la democracia, ni garantizan la aplicación del principio de justicia y el respeto de los derechos humanos.
Desde una perspectiva racional, representa un acierto o desencanto que el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, se avenga a ser huésped del presidente Evo Morales, en el inicio de campaña de proclamación y nada menos que en Chimoré, lugar donde se produce la coca y que el 95% de la misma está destinada a la fabricación de clorhidrato de cocaína, con el agravante de exponerse a lucir la guirnalda de coca ilegal, matizada en prolegómenos con pintorescos bailes con la diputada Margarita Terán y su hermana, involucradas en tráfico de drogas. ¿En qué queda su respetabilidad como autoridad regional y la conducta intachable que debió guardar?
Cualquiera que sea la significación del Acuerdo firmado en Cancillería para garantizar la asistencia de veedores de la OEA en las elecciones del 20 de octubre de 2019, la rúbrica y compromiso estampado por el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, lo sitúa en un plano controversial y vergonzoso por tres consideraciones legales:
a) Si el señor Luis Almagro conoce que Evo Morales va a un cuarto mandato presidencial (2020-2025) sobre la base de un fallo del Tribunal Constitucional (SCP 0084/2017 de 28 de noviembre) que desconoce la voluntad popular expresada en el Referéndum de 21 de febrero de 2016, ¿cómo es que viene a avalar su reelección ilegal, inconstitucional y antidemocrática?
b) El artículo 168 de la Constitución de 2009 aprobada por Referéndum de 25 de enero de 2009, dispone que el presidente y vicepresidente pueden ser reelegidos por una sola vez de manera continua, y que el constituyente puso límite en la cláusula constitucional para los gobernantes en el ejercicio del poder;
c) A instancia de Luis Almagro se solicitó a la Comisión de Venecia la interpretación del artículo 23 de la Carta Americana de Derechos Humanos, en cuyo informe Nº 908/2018 de 20 de marzo la Comisión determinó: “La reelección indefinida de autoridades no es un derecho humano y que impedirla no limita los derechos de los candidatos o de los votantes” y
d) Su misión principal es promover y fortalecer los derechos democráticos y los derechos humanos.
Al parecer los intereses políticos por lograr su reelección como Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, condujeron a Luis Almagro hacia un escenario de desprestigio ante los países de la región, con la probable revisión de gobernantes que le anticiparon su apoyo, particularmente de los 14 países del Grupo de Lima que condenan al régimen de Nicolás Maduro, y al que con mucha tristeza apoya Evo Morales y su régimen.
Qué confianza puede merecer un alto representante de la región si, el 17 de mayo de 2019 al arribar a La Paz, Luís Almagro de forma audaz respaldó la reelección de Evo Morales asegurando que sería “absolutamente discriminatorio” que el actual mandatario boliviano no pudiera presentarse a las elecciones de octubre en Bolivia, cambiando diametralmente su posición, cuando el 22 de septiembre de 2017 y el 9 de abril de 2018, se pronunció en contra de la reelección de Evo Morales exigiendo el respeto al voto de los ciudadanos, puesto que la voluntad popular no puede ser suprimida por un fallo judicial.
Sin agotar las confusas contradicciones Luis Almagro en el foro Interamericano de Comercio y Producción, que se realizó en Buenos Aires el día lunes 20 de mayo de 2019, dice: que “la reelección no es un derecho humano”, pero que él no está por encima de un fallo constitucional. Asegura que no ha cambiado su posición y que la reelección no es un derecho humano, aclara que en este momento carece de algún instrumento legal para oponerse a la sentencia del Tribunal Constitucional boliviano, que permite la reelección indefinida; porque además el sistema interamericano nunca dijo nada al respecto.
Acotó también, que no existe ningún fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la Comisión Interamericana, ni una votación en el Consejo Permanente de la OEA que declare ilegítima esa forma de elección. Recordó que nadie en el sistema interamericano declaró ilegítimas las otras reelecciones habilitando como derechos humanos a los presidente Oscar Arias de Costa Rica, Juan Orlando Hernández de Honduras y Daniel Ortega de Nicaragua.
El artilugio de que Luis Almagro no tiene ningún instrumento legal para revertir el la STP 0084/2017 de 28 de noviembre, mediante la cual el Tribunal Constitucional -tergiversando en forma fraudulenta la interpretación preferente del art. 23 de la CADH-, determina que “la reelección indefinida es un derecho humano”, no es verdad, y la reelección indefinida que apoya a Evo Morales y las producidas en Venezuela, Nicaragua y Honduras, se desmorona con el caso Yatama vs. Nicaragua, donde la Corte IDH interpreta el artículo 23 de la CADH y dice: “La aplicación y previsión de requisitos para ejercitar los derechos políticos, no constituyen per se, una restricción indebida a tales derechos políticos. Estos no son absolutos (derechos políticos) y pueden estar sujetos a limitaciones. Su reglamentación debe observar los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en una sociedad democrática”. Por tanto, si tuvo legitimidad para hacer la consulta a la Comisión de Venecia y cuyo dictamen 908/2018 de 20 de marzo dice que: “la reelección indefinida no es un derecho humano”.
¿El señor Almagro por qué no hace uso de la facultad que le confiere el artículo 64 de la CADH y promueve la opinión consultiva ante la Corte IDH o exhorta a los países garantes (Brasil y Colombia) para que interpongan ante la Corte IDH?
En conexión con lo anterior, parece que vivimos épocas confusas desarticuladas de la realidad, así se desprende de la declaración de Rodríguez Veltzé cuando pide tolerancia con Almagro tras polémica declaración. El Agente boliviano ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya llamó a la tolerancia frente a las expresiones de Luís Almagro Secretario General de la OEA, que respaldó la candidatura del presidente Evo Morales. Cuarta reelección que desde la democracia sustancial es ilegal e inconstitucional ante la sociedad boliviana y el mundo.
Pedro Gareca Perales, es abogado
constitucionalista y defensor de los DDHH.