RESUMEN EDITORIAL DEL PERIODICO "PRESENCIA" "Ley viciada de nulidad" Las Leyes tienen que ajustarse a los preceptos de la Constitución Política del Estado y no deben caer en conculcaciones a la letra ni al espíritu. Gobernantes y gobernados deben respetar estos principios del sistema democrático. La Ley de telecomunicaciones aprobada hace poco contiene una disposición conculcatoria a la privacidad de las personas en sus conversaciones telefónicas, derecho pretegido por el artículo 20 de la Carta Magna. El artículo 37 de este instrumento jurídico, dice: "Salvo disposición judicial en favor de autoridad competente, queda terminantemente prohibido interceptar, interferir, obstruir, alterar, desviar, publicar o divulgar el contenido de las telecomunicaciones". Esta disposicion pretende anular de un plumazo la categórica prohibición, el artículo 20 de la CPE. Por estas razones, es pertinente una revisión inmediata de la Ley de Telecomunicaciones para excluir su artículo 37, eliminando el vicio de nulidad que la devalúa y puede dar lugara recursos de inconstitucionalidad, ya anuncidos por partidos políticos de oposición. -------- (etf) 08-07-95 08:13XXXX
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