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Nacional Política

Ministra se ampara en DS de Banzer para no revelar hoja de vida de servidores de RRSS

La autoridad alega la vigencia del Decreto Supremo 26115, sin embargo dicha norma hace una distinción entre funcionarios de carrera y eventuales o contratados para servicios específicos.
15 de Junio, 2018
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La ministra de Comunicación, Gisela López. Foto: ANF
La ministra de Comunicación, Gisela López. Foto: ANF
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La Paz, 15 de junio (ANF).- La ministra de Comunicación Gisela López se amparó en el Decreto Supremo 26115 del extinto presidente Hugo Banzer Suárez para mantener bajo “confidencialidad” las hojas de vida de los directores y jefes de la dirección de Redes Sociales, aunque la norma distingue entre servidores de carrera y provisorios.

La autoridad en respuesta a una petición de informe escrito al senador Arturo Murillo, señala que no es posible entregar la documentación acerca de las hojas de vida de los jefes de la mencionada dirección, porque el artículo 45 del decreto supremo 26115 de marzo de 2001 le prohíbe revelar esa información.

El mencionado artículo señala que “cada entidad abrirá, actualizará y conservará una ficha personal del servidor público en la cual se archivará la documentación personal utilizada en el proceso de selección, los documentos requeridos a tiempo de su ingreso a la entidad que acreditan su situación tanto personal como profesional; las acciones de personal y otros documentos que conformen su historia funcionaria”.

“Las fichas personales se organizarán obligatoriamente en un archivo físico” establece la norma y añade que dicho archivo “tendrá carácter confidencial y será instalado en un lugar seguro” y que el acceso a la ficha personal estará permitido solo a su titular.

Por estas razones, la ministra López en su informe dice que “no es posible proporcionar la documentación solicitada, el senador Murillo había pedido información del perfil, las hojas de vida y la planilla de sueldos de los directores y jefes de la dirección de Redes Sociales.

López argumentó en declaraciones a la prensa el pasado miércoles que no puede vulnerar este decreto “si yo infrinjo un decreto o normativa soy pasible a cualquier proceso (…). Hay un decreto supremo que me prohíbe (dar esa información”, sostuvo.

Sin embargo, el artículo 60 de la misma norma dice que no estarán sometidos a la Ley del Estatuto del Funcionario Público ni a las Normas Básicas del Sistema de Administración Personal las  personas que tienen una relación con alguna entidad pública de manera eventual o para la prestación de servicios especializados…”.

“La normativa de la... se aplicará al personal de la Administración Pública que se desempeña en puestos de carrera y que no pertenezcan a otras carreras públicas o grupos regulados por leyes especiales”, dice el decreto 26115.

Además el artículo 57 establece que el personal de carrera es aquel que desempeña la función pública en la misma entidad de manera ininterrumpida por cinco o más años, o que ocupan siete o más años ocupando puestos del máximo nivel jerárquico (cuarto nivel), entre otros.

El decreto supremo 2731 de abril de 2016 modificó otra norma similar la 0793 en la que se cambió la estructura jerárquica del Ministerio de Comunicación, para crear la dirección general de Estudios y Proyectos y la dirección general de Redes Sociales.

/NVG/

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    Gisela López,Dirección RRSS,Confidencialidad