La Paz, 5 de febrero de 2026 (ANF).- Tras verse involucrado en el denominado “caso maletas”, el Consejo de la Magistratura determinó la suspensión de funciones del juez Hebert Zeballos, quien actualmente cumple detención preventiva en el penal de Palmasola, mientras avanzan las investigaciones.
La decisión fue notificada de manera formal al juzgador por una comitiva de funcionarios del Consejo de la Magistratura, que se trasladó hasta el recinto penitenciario para hacerle entrega de la resolución correspondiente, dejándolo oficialmente suspendido de su cargo en el Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Santa Cruz.
De acuerdo con informes técnicos del Consejo de la Magistratura, Zeballos acumula al menos 17 procesos abiertos entre faltas graves y gravísimas, antecedentes que fueron considerados al momento de asumir la determinación administrativa en su contra. La suspensión fue dictada en el marco de un proceso disciplinario iniciado por jueces sumariantes, a raíz de denuncias presentadas por litigantes.
Paralelamente, el Tribunal Departamental de Justicia le negó al juez una ampliación de permiso que había solicitado desde la cárcel. Según la normativa vigente, Zeballos había recibido inicialmente cinco días hábiles de permiso, plazo que concluyó el 30 de enero. No obstante, su pedido de extensión por otros cinco días fue rechazado por no ajustarse a la norma, según confirmó el presidente del TDJ, Aldo Quezada.
Zeballos fue aprehendido el viernes 23 de enero cuando fue a declarar voluntariamente a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico para responder por las sustancias controladas que se encontraron en su galpón durante una operación anterior.
El juez es investigado por los presuntos delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, tipificados en la Ley 1008 y el Código Penal. La Fiscalía sostuvo que existen suficientes indicios, además de riesgos de fuga y de obstaculización del proceso, motivos por los cuales se dispuso su detención preventiva.
Aunque el Tribunal Departamental de Justicia señaló que, conforme a la Ley General del Trabajo, la inasistencia al despacho podría derivar en una destitución automática, aclaró que la destitución definitiva es competencia exclusiva del Consejo de la Magistratura, instancia que deberá definir la situación legal y administrativa del juez en las próximas determinaciones.
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