Ir al contenido principal
 

Economía

SIN inicio control en principales ciudades emisión de facturas.

ANF A9016 16:17:08 28-01-2004 ECO INSPECCION - IMPUESTOS CODIGO. SIN inicio control en principales ciudades emisión de facturas. La Paz 28 ene (ANF).- El Servicio de Impuestos Nacionales inició en la fecha en las principales ciudades del país el cumplimiento de la Ley 2492 del nuevo Código Tributario donde se ratifica que "el tributo es obligatorio" a través de la extensión de factura, nota fiscal o documento equivalente. Los operativos a partir de la fecha serán sorpresivos y las sanciones se aplicarán en el marco de la ley, informó el SIN. En La Paz, comandó los operativos el director del SIN, Juan Carlos Maldonado. La anterior semana, realizó similares inspecciones habiendo extendido multas a algunos centros de comida rápida. Los inspectores del SIN departamental procedieron a la inspección de la zona Norte (calles Eloy Salmón y León de la Barra, principalmente) además del inicio de información del correcto cumplimiento de la ley. Los funcionarios del SIN de La Paz, inspeccionaron si el comercio tenía el respectivo Registro Unico de Contribuyente y la extensión de facturas valoradas por compra. Según la ley, de advertirse la contravención tributaria y la negativa a la actuación de los funcionarios del SIN, "procederá la clausura inmediata del negocio por tres días continuos" o "el pago de una multa equivalente a diez veces el monto de lo no facturado", según recordó la dirección del SIN. Se explicó que ante la imposibilidad física de aplicar la sanción de clausura del comercio se procederá al decomiso temporal de la mercancías por plazos previstos para dicha sanción. El art. 170 del Código referido al procedimiento de control tributario ordena que la administración tributaria "podrá de oficio verificar e correcto cumplimiento de la obligación de emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente mediante operativos de control". Los centros o el "sujeto pasivo", según la ley deben emitir factura obligatorio por el consumo o servicio por valor de 5 Bs. hacia arriba y a pedido del cliente incluso por el servicio por valor menor a 5 Bs. (EZB)
28 de Enero, 2004
Compartir en:
ANF A9016 16:17:08 28-01-2004ECO INSPECCION - IMPUESTOS CODIGO.SIN inicio control en principales ciudades emisión de facturas.La Paz 28 ene (ANF).- El Servicio de Impuestos Nacionales inició en la fecha en las principales ciudades del país el cumplimiento de la Ley 2492 del nuevo Código Tributario donde se ratifica que "el tributo es obligatorio" a través de la extensión de factura, nota fiscal o documento equivalente.Los operativos a partir de la fecha serán sorpresivos y las sanciones se aplicarán en el marco de la ley, informó el SIN.En La Paz, comandó los operativos el director del SIN, Juan Carlos Maldonado. La anterior semana, realizó similares inspecciones habiendo extendido multas a algunos centros de comida rápida.Los inspectores del SIN departamental procedieron a la inspección de la zona Norte (calles Eloy Salmón y León de la Barra, principalmente) además del inicio de información del correcto cumplimiento de la ley.Los funcionarios del SIN de La Paz, inspeccionaron si el comercio tenía el respectivo Registro Unico de Contribuyente y la extensión de facturas valoradas por compra.Según la ley, de advertirse la contravención tributaria y la negativa a la actuación de los funcionarios del SIN, "procederá la clausura inmediata del negocio por tres días continuos" o "el pago de una multa equivalente a diez veces el monto de lo no facturado", según recordó la dirección del SIN.Se explicó que ante la imposibilidad física de aplicar la sanción de clausura del comercio se procederá al decomiso temporal de la mercancías por plazos previstos para dicha sanción. El art. 170 del Código referido al procedimiento de control tributario ordena que la administración tributaria "podrá de oficio verificar e correcto cumplimiento de la obligación de emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente mediante operativos de control". Los centros o el "sujeto pasivo", según la ley deben emitir factura obligatorio por el consumo o servicio por valor de 5 Bs. hacia arriba y a pedido del cliente incluso por el servicio por valor menor a 5 Bs. (EZB)

Etiquetas

@@PUBBLIX2
 
 
@@PUBBLIX4
 
 
@@PUBBLIX5
@@PUBBLIX3