ANF B7832 15:35:23 13-03-2006ECO SIN-DECLARACION-INTERNET.Más contribuyentes pueden realizar declaraciones juradas por internet.La Paz, 13, MAR, (ANF).- Unos 3.000 sujetos pasivos del segmento "Resto de Contribuyentes" pueden realizar la presentación obligatoria de sus declaraciones juradas, rectificaciones o boletas de pago vía portal tributario por inmternet, desde este mes de marzo.El Código Tributario boliviano faculta al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) para establecer la forma de la presentación de declaraciones juradas y pago de tributos, utilizando los medios tecnológicos disponibles en el país. Por ello, el Directorio de Impuestos Nacionales, mediante resolución normativa 10-0033-04 incorporó a este sector a realizar sus declaraciones por esta vía.Según un comunicado del SIN, los avances tecnológicos registrados por esta entidad, durante el último tiempo, que lo ubican a la vanguardia tecnológica en el sector público, permiten esta incorporación.El Artículo 7 del Decreto Supremo N' 27310 de 9 de enero de 2004, dispone que las operaciones electrónicas realizadas y registradas en el sistema informático de la Administración Tributaria por un usuario autorizado, surten efectos jurídicos y tienen validez probatoria; presumiéndose que toda operación electrónica registrada en el sistema informático pertenece al usuario autorizado."De esta forma se avanza también en el objetivo de Impuestos Nacionales referido a universalizar el acceso para la utilización de todos sus servicios, con la finalidad de facilitar a los sujetos pasivos o terceros responsables el cumplimiento de las obligaciones tributarias", señala la nota informativa.El listado de NITs de los contribuyentes que deberán realizar sus declaraciones juradas por internet se halla disponible en el sitio web de Impuestos Nacionales: www.impuestos.gov.bo, también se puede obtener esta información consultando a la línea gratuita 800 10 3444.Los sujetos pasivos así como los terceros responsables que se hallan en la lista, están obligados a presentar tanto sus declaraciones juradas originales y rectificatorias como las boletas de pago, únicamente a través del Portal Tributario, empleando en general las definiciones y procedimientos establecidos Los sujetos pasivos categorizados como Resto de Contribuyentes que no están incluidos en el listado así como los sujetos pasivos inscritos en Regímenes Especiales, continuarán cumpliendo con sus obligaciones tributarias haciendo uso de los formularios preimpresos y presentando estos documentos en cualquier entidad financiera.El SIN informa también que estos 3.000 contribuyentes, a objeto de cumplir con sus nuevas obligaciones, deben recabar la Tarjeta Magnética y el PIN que les corresponde en la Gerencia Distrital o Agencia Local de la jurisdicción a la que pertenecen.//MAM//.
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