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Nacional Sociedad

El 2% del aporte patronal será

AH5901 r SOC abonado YYYY LP 17- FONVIS/LIQUIDACION El 2% del aporte patronal será utilizado en viviendas populares -- El Plan Nacional de Subsidio de Vivienda se financiará con recursos de la Unidad Recaudadora y Administradora de Aportes. La Paz, 17 ene (ANF).- El dos por ciento del aporte patronal para unidades habitacionales será utilizado en la subvención de viviendas populares a través de la Unidad Recaudadora y Administradora de Aportes (URAA), de acuerdo con el decreto supremo 24935 de liquidación del FONVIS. La Unidad Recaudadora financiará el Plan Nacional de Subsidio de Vivienda (PNSV), administrando el aporte patronal del dos pro ciento sobre el total de los salarios, señala el artículo 3 del decreto del 30 de diciembre de 1997. Se debe recordar que el aporte patronal del 2 por ciento se sumaba al 1 por ciento que se descontaba a los trabajadores para el ex FONVIS. Los recursos por aporte de los empleadores también servirán para "cancelar obligaciones del Tesoro General de la Nación emergentes de la Ley de Pensiones, con el objeto de permitir que las Administradoras de FOndos de Pensiones movilicen recursos equivalentes o superiores a los utilizados para este propósito en el financiamiento masivo de vivienda popular". El D.S. 24935 liquida el Fondo Nacional de Vivienda Social (FONVIS) creado en 1992 como entidad estatal de intermediación financiera. (JTI) 17-01-98 11:41 XXXX
17 de Enero, 1998
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FONVIS/LIQUIDACION El 2% del aporte patronal será utilizado en viviendas populares -- El Plan Nacional de Subsidio de Vivienda se financiará con recursos de la Unidad Recaudadora y Administradora de Aportes. La Paz, 17 ene (ANF).- El dos por ciento del aporte patronal para unidades habitacionales será utilizado en la subvención de viviendas populares a través de la Unidad Recaudadora y Administradora de Aportes (URAA), de acuerdo con el decreto supremo 24935 de liquidación del FONVIS. La Unidad Recaudadora financiará el Plan Nacional de Subsidio de Vivienda (PNSV), administrando el aporte patronal del dos pro ciento sobre el total de los salarios, señala el artículo 3 del decreto del 30 de diciembre de 1997. Se debe recordar que el aporte patronal del 2 por ciento sesumaba al 1 por ciento que se descontaba a los trabajadores para el ex FONVIS. Los recursos por aporte de los empleadores también serviránpara "cancelar obligaciones del Tesoro General de la Nación emergentes de la Ley de Pensiones, con el objeto de permitir que las Administradoras de FOndos de Pensiones movilicen recursos equivalentes o superiores a los utilizados para este propósito en el financiamiento masivo de vivienda popular". El D.S. 24935 liquida el Fondo Nacional de Vivienda Social (FONVIS) creado en 1992 como entidad estatal de intermediación financiera. (JTI) 17-01-98 11:41XXXX

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