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Nacional Seguridad

Fiscalía rechaza denuncia contra exDefensor del Pueblo, por violencia hacia su pareja

“No existen suficientes presupuestos materiales objetivos y subjetivos de tipo penal y suficientes elementos indiciarios que el sujeto activo, hubiera quebrantado el ilícito de violencia familiar”, concluye la resolución fiscal a la que accedió ANF.
9 de Julio, 2019
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Kary Arias y el exdefensor del Pueblo, David Tezanos Pinto. Foto: Facebook

La Paz, 8 de julio (ANF).- El Ministerio Público rechazó la denuncia contra el exdefensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, acusado por violencia en contra su pareja Ana Karina Arias, según información a la que accedió ANF.

En enero de este año, Tezanos estuvo envuelto en un lío sentimental con su esposa; hecho que se agravó cuando Arias interpuso una denuncia por violencia contra él. Frente a ese panorama, el 24 de enero el entonces Defensor presentó su renuncia al cargo.

La Fiscalía dio curso a la denuncia de Arias e investigó estos meses al exdefensor por el delito de violencia familiar o doméstica. 

Para Tezanos la denuncia responde a un chantaje por un tema de infidelidad; sin embargo, Arias denunció que fue víctima de agresiones psicológicas, físicas y hasta sexuales.

Ese caso fue rechazado por el Ministerio Público, debido a que no encontró suficientes indicios para llevar adelante el proceso, según la resolución.

“Se dispone el rechazo de denuncia formalizada por Ana Karina Arias Maimura en contra de David Tezanos Pinto Ledesma, por el delito de violencia familiar o doméstica”, refiere la resolución emitida por la fiscal Evelyn Calderón a la que tuvo acceso ANF.

La resolución fue emitida el 4 de julio del presente año y ahora la Fiscalía procederá a notificar a las partes del caso, posteriormente los involucrados decidirán si interponen algún recurso judicial para revocar la medida.

“No existen suficientes presupuestos materiales objetivos y subjetivos de tipo penal y suficientes elementos indiciarios que el sujeto activo, hubiera quebrantado el ilícito de violencia familiar o doméstica, bajo la modalidad de violencia física, psicológica y sexual”, concluye la resolución fiscal.

/LACH/KG/

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    David Tezanos Pinto,Kary Arias,Defensoría del Pueblo