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Nacional Política

Legislativo sanciona y remite al Ejecutivo ley para condonar el 50% de canon de alquileres

La norma establece que mientras dure la cuarentena en sus diferentes modalidades y hasta tres meses posteriores de la misma, el propietario no podrá desalojar al inquilino del inmueble utilizado para vivienda, comercio o prestación de servicio industrial.
30 de Junio, 2020
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Pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). Foto: Senado Bolivia
Pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). Foto: Senado Bolivia
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La Paz, 30 de junio (ANF). – El pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó este martes el proyecto de Ley Excepcional de Arrendamientos que establece la condonación del 50% en el canon de alquileres y prohíbe el desalojo de los inquilinos. 

La norma señala que se aplicará la reducción del 50% en los alquileres si hasta la vigencia de la ley no hubieran establecido un acuerdo entre el inquilino con el propietario. Asimismo, indica que el arrendador se beneficiará con la condonación del pago de impuesto mensual RC-IVA hasta el levantamiento de declaratoria de la cuarentena.

Se señala que se aplicará el beneficio en caso de bienes inmuebles destinados a vivienda cuando no exceda el máximo de Bs 5.000; para bienes inmuebles destinados a tiendas o espacios comerciales o de prestación de servicios cuando el monto no pase los Bs 7.000 y bienes inmuebles destinados a actividad industrial que no sobre pase los Bs 15.000.

En su Artículo 4, señala que la ley “se aplicará, excepcionalmente, a partir de la fecha de Declaratoria de Emergencia nacional y Cuarentena, Dispuesta a través del Decreto Supremo 4196 de fecha 17 de marzo de 2020, hasta tres meses después de culminada la cuarentena en sus diferentes modalidades”.

Prohibición del desalojo  

Asimismo, la ley establece que mientras dure la cuarentena en sus diferentes modalidades y hasta tres meses posteriores de la misma, el propietario no podrá desalojar al inquilino del inmueble utilizado para vivienda, comercio o prestación de servicio industrial.

En caso que el arrendador desalojara al inquilino, este podrá acudir ante un conciliador en materia civil quien deberá señalar la restitución en las próximas en 24 horas y, de ser necesario, se aplicará la utilización de la fuerza pública.

/ANF/ 

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    Ley de 50% de rebaja en alquileres,Asamblea Legislativa Plurinacional