
Santa Cruz, 6 Feb. (ANF).- El ministro de Gobierno, Carlos Romero, manifestó este miércoles que se debe cumplir la determinación del Tribunal Constitucional Plurinacional que declaró la inconstitucionalidad de cuatro artículos de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización referidos a la suspensión de autoridades a simple a acusación formal.
La autoridad de Estado, en conferencia de prensa, sostuvo que esta medida no tiene carácter retroactivo, por tanto debe ser de cumplimiento obligatorio por las instancias correspondientes.
“Se ha declarado inconstitucional y esa es una sentencia del Tribunal Constitucional que hay que aplicar, respetar, acatar plenamente; obviamente no tiene carácter retroactivo, pero generan pues una jurisprudencia y determinan la muerte jurídica de estas dos disposiciones de la ley de Autonomías”, sostuvo Romero.
De acuerdo al fallo, los artículos 144, 145, 146, 147 y parte del artículo 128 de esta ley fueron declarados inconstitucionales, por ser contrarios a los artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) que están referidos a la presunción de inocencia y el debido proceso.
“Las Gobernadoras, Gobernadores, Alcaldesas y Alcaldes, Máxima Autoridad Ejecutiva Regional, Asambleístas Departamentales y Regionales, Concejalas y Concejales de las entidades territoriales autónomas, podrán ser suspendidas y suspendidos de manera temporal en el ejercicio de su cargo cuando se dicte en su contra Acusación Formal”, señala el artículo 144 de la norma.
Por estas disposiciones contenidas en la Ley Marco de Autonomías fueron suspendidos del cargo los gobernadores del Beni, Ernesto Suárez, y de Tarija, Mario Cossío, además del alcalde suspendido de Potosí, René Joaquino. A ellos se suma el proceso que enfrenta el gobernador de Santa Cruz, Rubén Costas, que está sustentado en estos artículos.
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