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Nacional Política

Barriga afirma que existe un "vacío legal" para sustituir al candidato del PDC

La postulante a la Vicepresidencia, además, afirmó que en las normas vigentes tampoco existe la posibilidad para que pueda ser candidata a la presidencia del PDC.
15 de Julio, 2019
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La candidata vicepresidencial por el PDC, Paola Barriga. Foto: Abya Yala.

La Paz, 15 de julio (ANF).- Tras la renuncia de Jaime Paz a ser candidato presidencial por el Partido Demócrata Cristiano (PDC), la vicepresidenciable, Paola Barriga, consideró este lunes que existe un vacío legal para sustituir al postulante o para que ella postule a la Presidencia.

“Las primarias establecen que, si un candidato se ha presentado para la candidatura para la presidencia o la vicepresidencia, en mi caso, tendría que renunciar a la postulación de vicepresidenta y que tampoco me van a recibir pues si es por enfermedad no podría subir a la presidencia, es algo incongruente y existe un vacío legal”, afirmó Barriga.

El parágrafo primero del artículo 10 del reglamento de las Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 20019 establece que los resultados de dichos comicios son de “carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio”.

En ese sentido, el parágrafo segundo de dicha norma dispone que los resultados de las elecciones primarias solo podrán ser revertidos si se produjese la muerte de una o de uno de los candidatos ganadores del binomio presidencial o si se comprueba una enfermedad gravísima sobreviniente o por incumplimiento de los requisitos establecidos en la Constitución Política del Estado (CPE) y la ley.

Ante esto, Barriga mencionó que en dicha norma no se establece el accionar cuando un candidato del binomio presidencial renuncia a la postulación, por lo que existe un vacío legal.

“Es complicado el volver a analizar una nueva estrategia, de poder un nuevo candidato. Sin embargo, nos vamos a basar en principios constitucionales que deberían primar dentro del Tribunal”, expresó.

En el siguiente parágrafo de la normativa dice que, en caso de que ocurra cualquiera de las causales mencionadas, el partido político, agrupación ciudadana de alcance nacional u alianza podrá sustituir la candidatura afectada mediante decisión de su instancia orgánica, conforme a su estatuto orgánico, y presentarla por intermedio de su delgado acreditado al Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El 11 de julio, la Sala Plena del Órgano Electoral rechazó la renuncia de Paz Zamora a su candidatura presidencial por el PDC. Un mes antes, el expresidente hizo conocer su decisión de alejarse de la candidatura por supuestos desencuentros con la dirigencia de dicho partido y observó que no haya la predisposición de renovar cuadros e invitar a candidatos.

/AQZ/KG/

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    Paola Barriga,vacío legal,candidatura,PDC