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Nacional Política

Abogado de Chávez califica de "folklórica" la sentencia del TCP

Otto Ritter dijo que le llama la atención que la sentencia sea del 23 de marzo de 2016, cuando todo este tiempo aguardaron la resolución, precisó que hace dos semanas recién fue colgada en el portal del TCP y que oficialmente no fueron notificados.
13 de Noviembre, 2017
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El exdirigente de la CIDOB, Adolfo Chávez. Foto: Página Siete

La Paz, 13 de noviembre (ANF).- La sentencia data del 23 de marzo de 2016, pero hace dos semanas fue colgada en el portal del Tribunal Constitucional y “ni siquiera fuimos notificados”, declaró el abogado de Adolfo Chávez, Otto Ritter, al calificar de “folklórica” la sentencia.

“Nos dan razón en todo. Que violaron los derechos de Adolfo Chávez al no aceptarle declarar en su idioma y de ponerle un intérprete. Nos dan la tutela, pero no anulan el auto de vista que violó los derechos de mi defendido”, protesta Ritter en contacto con ANF.

“Es un folklorismo la sentencia del TCP, es como decir que a usted sí le han violado sus derechos pero en vez de repararle los derechos, porque lo reconocen, más bien dicen que está bien que se los hayan violado. Es una barbaridad”, añadió.

El exdirigente de la CIDOB, Adolfo Chávez solicitó en un amparo constitucional “que se le conceda la tutela, disponiendo la nulidad del Auto de Vista de 26 de octubre de 2015, ordenando a los demandados emitir nuevo pronunciamiento de forma objetiva y fundamentada, respetando la jerarquía normativa y preservando su derecho a ser juzgado en su propio idioma”.

El TCP recovó una resolución de la Sala Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, le otorga la tutela a Chávez y estableció que los vocales violaron el derecho de Chávez, pero no anulan el auto de vista ni retrotraen el proceso y solo recomiendan que para el futuro no se conculquen sus derechos.

“Es inaceptable este tipo de sentencias, en las que te reconocen que te violan tus derechos, pero nadie se hace cargo de la vulneración” insistió Ritter.

Por otra parte, también observó que el Tribunal Constitucional pese a que su sentencia se hubiera dictado el 23 de marzo de 2016, la parte interesada “recién” conoció la resolución. “Conocimos por internet, hace dos semanas se colgó en el portal del tribunal, pero no fuimos oficialmente notificados”, observa el abogado.

/NVG

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