La Paz, 31 de mayo (ANF).- A un día de que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y Bisa Seguros y Reaseguros S.A coincidieran en que el avión con placa 2933 de la aerolínea LaMia no contaban con cobertura de seguro para Colombia el 28 de noviembre del año pasado, día del siniestro que cobró la vida de 71 personas, surgieron varios cuestionamientos a la decisión de la aseguradora de asumir indemnizaciones a familiares de pasajeros, que según el contrato no corresponde.
El secretario general de Aeronáutica Civil de la DGAC, Marcelo Maldonado, dijo que del análisis técnico, jurídico y administrativo se estableció que evidentemente la aeronave con placa de control 2933 estaba excluida para operar en Colombia.
“No obstante, consultado sobre el alcance de la cláusula se establece que la misma en el acápite tres determina que cualquier país excluido podrá ser cubierto sujeto a los términos acordados por los aseguradores, previa la notificación del vuelo (…). Por otra parte, el procedimiento antes establecido que se tuvo con los ejecutivos de Bisa, se cumplió con LaMia en un viaje anterior realizado en mayo, no así en el trágico accidente del 28 de noviembre”, explicó.
En la cuenta oficial del Ministerio de Obras Públicas: @mopsv_bolivia surgieron preguntas enlazadas a los opositores Samuel Doria Medina, Arturo Murillo y Norma Piérola. “¿los seguros son entidades de beneficencia? Si hay exclusión del seguro ¿por qué la reaseguradora pagará la indemnización?”.
En cuanto a la póliza de responsabilidad civil para los pasajeros, el vicepresidente de Bisa Seguros y Reaseguros, Alejandro Mac Lean, informó que el siniestro reclamado por LaMia Corporation fue rechazado por la compañía aseguradora debido a que en dicho contrato había una exclusión geográfica de Colombia, que debió ser notificada para el vuelo del 28 de noviembre, pero no se la hizo.
“Los informes preliminares emitidos por las autoridades de la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) y en conocimiento de las conversaciones de la cabina del piloto, el capitán del vuelo también incumplió normas internacionales de navegación aérea y aeronavegabilidad por lo cual es otro elemento de rechazo del siniestro (…). Adicionalmente existía un retraso en el pago de la prima que es un tema complementario, pero hay que anotarlo porque está establecido en la legislación de seguros de Bolivia”, afirmó.
Sin embargo y a pesar de sostener que la empresa no cumplió con varias de sus obligaciones contractuales, no notificó a la aseguradora con el levantamiento de la exclusión de Colombia para el vuelo del 28 de noviembre del año pasado, y que su piloto incumplió normas de seguridad aeronáutica, Bisa Seguros y Reaseguros terminó garantizando la indemnización con recursos de un fondo complementario, administrado desde Londres.
Fondo complementarioA pesar de las causales de rechazo de la cobertura de la póliza de responsabilidad civil con los pasajeros, Mac Lean informó que la aseguradora estableció un fondo para pagar indemnizaciones a los familiares de los pasajeros fallecidos, además de las curaciones de los sobrevivientes y así compensar las pérdidas financieras sufridas por dichas víctimas.
Señaló que la administración de dicho fondo está a cargo del Estudio de Abogados en Londres, Clyde & Co. LLP, que dispuso dos personas de contacto a las que se puede llamar o escribir como son Alex Stovold con correo:
[email protected] y Gareth Lewis con correo:
[email protected].
Consultado a cuánto asciende el monto destinado a la indemnización de los pasajeros, respondió que si bien la póliza de responsabilidad civil cubría hasta 25 millones de dólares, debido a los incumplimientos por parte de LaMia, la aseguradora no puede reconocer ese monto, pero que tampoco se dejará en la indefensión a las víctimas.
“No podemos develar (el monto de indemnización), es un acuerdo de confidencialidad, el fondo global va a llegar a lo que sea necesario para cumplir las necesidades de las víctimas en el marco de lo que establecen las normas internacionales en el mundo entero”, apuntó.
Remarcó que no se trata de un “fondo de caridad”, pero se consideró el hecho de que las víctimas de este siniestro no tienen ninguna culpabilidad. “Eso hay que entender y ante esa situación el seguro debe responder”, sostuvo.
/JMC/FC/