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Economía

Fiscalía imputa a empresa privada por apropiación indebida de aportes de los trabajadores

La Ley 065 de Pensiones establece que cuando el empleador, en su calidad de agente de retención, se apropia indebidamente de las contribuciones destinadas al Sistema Integral de Pensiones, perderá su libertad de cinco a 10 años y una multa de 100 a 500 días.
27 de Mayo, 2013
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En la ciudad de Tarija se imputa a un empresario privado que no depositó los aportes retenidos de sus trabajadores a las AFP's. Foto: Arch.
En la ciudad de Tarija se imputa a un empresario privado que no depositó los aportes retenidos de sus trabajadores a las AFP's. Foto: Arch.

La Paz, 27 May. (ANF).- La Fiscalía de Distrito de la ciudad de Tarija imputó formalmente al representante legal de la compañía Maderera del Sur, Pablo Cossío, por el delito de apropiación indebida de los aportes de los trabajadores de esa empresa maderera, según informe de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS).

El fiscal de Materia de Tarija, Diego Melazzini, informó al Juez de Instrucción Cautelar Tercero en lo Penal, que declaró rebelde y contumaz ante la ley a Cossío, porque éste se dio a la fuga y no realizó su declaración informativa policial.

Conforme establece el formulario de inscripción al Seguro Social Obligatorio, Cossío incumplió el pago de contribuciones a la Seguridad Social y al Aporte Solidario de enero de 2011 a julio de 2012, lo que lo hace pasible a las sanciones penales, de acuerdo a la Ley 065 de Pensiones, promulgada el 10 de diciembre de 2010.

La Ley 065, en su Capítulo II, Tipos Penales, Artículo 118, Modificaciones al Código Penal,  incorpora el Artículo 345 bis al Código Penal, con el siguiente texto: “ARTÍCULO 345 Bis.- (DELITOS PREVISIONALES).- I. apropiación Indebida de Aportes.- El Empleador que se apropiare de las Contribuciones destinadas al Sistema Integral de Pensiones, en su calidad de agente de retención y no los depositare en la Entidad señalada por Ley, dentro de los plazos establecidos para el pago, incurrirá en privación de libertad de cinco a diez años y multa de cien a quinientos días.”

Para el director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS),  Iván Rojas, “es destacable el trabajo que realiza el Ministerio Público ya que, como establece la Ley de Pensiones, cuando el empleador, en su calidad de agente de retención, se apropie indebidamente de las contribuciones destinadas al Sistema Integral de Pensiones, perderá su libertad de cinco a diez años y de una multa de cien a quinientos días”

En el caso que involucra a la empresa BCP-Alpaca Desings S.R.L., procesada por el delito de apropiación indebida de los aportes de los trabajadores, el Fiscal en Materia, Carlos Fiorilo, y un investigador allanaron su domicilio legal.

“En el allanamiento se procedió al secuestro de documentación para colectar indicios materiales con relación al hecho investigado”, destacó el Director Ejecutivo de la APS.
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