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Opinión

¿Cómo salir del atolladero del Código Penal?

13 de Enero, 2018
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FRANCESCO ZARATTI

Uno de los pocos beneficios que ha traído el actual conflicto en torno al Código del Sistema Penal (CSP) es la discusión - distorsionada y polarizada si se quiere, pero discusión al fin-  en torno a esa reforma fundamental de la justicia.

A través de conversaciones con  expertos amigos, he llegado a la conclusión que la Ley 1005 tiene en teoría objetivos modernos y razonables y, por tanto, su análisis debe ser hecho sin prejuicios y con miras a mejorar la justicia en el país. En particular, la Parte Tercera del CSP (los Procedimientos Penales, arts. 325-681) pretende transformar la administración de la justicia, que es la mayor tarea pendiente. Al respecto, resulta sospechoso que el Código de Procedimiento Penal no hubiera sido aprobado por separado, máxime si no tuvo oposición.

Al contrario, la parte sustantiva del CSP (arts. 12-324) es muy problemática, desde su enfoque hasta la mala redacción de los artículos más técnicos y controvertidos. Aún así, ¿quién puede estar en desacuerdo con una justicia reparadora y no punitiva, que tenga como resultado bajar la exagerada conflictividad de nuestra sociedad y “vaciar” las cárceles, cuyo hacinamiento es una de las vergüenzas nacionales?

El dilema está en “cómo” vaciar las cárceles: ¿eliminando delitos (como hace el CSP) o mejorando los estándares morales (como hace una buena educación en todos los ámbitos)?

Es natural que haya disensos  en la manera de abordar los artículos más polémicos. Temas conflictivos como el aborto, la negligencia profesional, el micro-tráfico, el plagio, entre otros, deben ser normados mediante un equilibrio juicioso entre tendencias generalmente aceptadas  y la ética mayoritaria, matizada por valores y tradiciones  de la sociedad para la cual se legisla.

Por tanto, el debate en torno al CSP no se ha agotado con la aprobación de la Ley 1005 y la derogación de dos artículos, sino que recién empieza. La sociedad boliviana exige un tiempo de mayor análisis, explicación, aclaración y, en su caso, modificación de algunos artículos.  Con apertura de mente y sin cavar trincheras, el CSP puede ser regenerado.

Sin embargo, a mi manera de ver el problema ahora es otro. Desde que Evo Morales deshonró su palabra de acatar la voluntad popular expresada en el Referéndum del 21F, la credibilidad de su Gobierno se ha ido por los suelos, interna e internacionalmente. La palabra de nuestros gobernantes ya no es creíble y es común sospechar que siempre hay intenciones ocultas detrás de todo lo que proponen, aprueban, afirman y prometen. Si han mentido una vez (en realidad muchas veces) sobre un tema tan sensible para el país, ¿qué impide que lo vuelvan a hacer? De hecho lo siguen haciendo a todo campo.

¿Cómo revertir esa situación en el caso específico del CSP? Mucho ayudaría la renuncia de Evo a la re-postulación; pero, como a nadie se le puede exigir que se suicide políticamente (el “Vice” dixit), lo sensato es derogar toda la segunda parte del CSP hasta modificar o volver a redactar los artículos cuestionados.

Simultáneamente, debe implementarse sin demoras el Código de Procedimiento Penal (la parte tercera del CSP): mejorando los procedimientos, haciendo respetar los plazos, restringiendo a los casos estrictamente necesarios  la infame detención  preventiva (de la cual el actual Gobierno ha abusado con la complicidad de sus parafiscales) y formando jueces y fiscales de carrera, entre otras medidas.

Un acuerdo sobre esa base permitiría arrancar con la reforma de la administración judicial, mostraría que el Gobierno desea real y sinceramente cambiar la justicia y abriría la posibilidad de consensuar los artículos controvertidos y ambiguos de la parte sustantiva del código.

Francesco Zaratti  es físico 

Twitter: @fzaratti

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