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Nacional Sociedad

neutralidad impositiva de exportaciones

AI5035 r ccc abonado YYYY LP 31- Rige Decreto de neutralidad impositiva de exportaciones La Paz 31 ene (ANF) .- Rige a partir de este Miércoles el Decreto Supremo 23944 que garantiza la neutralidad impositiva de las exportaciones bolivianas, entre ellas de minerales y metales. El instrumento, que establece la devolución de los impuestos internos, pretende que no haya impuesto específico alguno para cada sector productor que exporta y así lo establece la Ley 1606 de reformas impositivas, dijo al respecto el Secretario de Desarrollo Económico, Jaime Villalobos. En el caso específico a la devolución de impuestos para el sector minero metalúrgico se procederá a la devolución del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) en base a los aranceles pagados directamente por el exportador. De acuerdo al Decreto, el GAC pagado por el exportador de este sector se reputará como un crédito, el cual será devuelto hasta un monto máximo equivalente al 5 por ciento de la diferencia entre el valor oficial de cotización del mineral y los gastos de realización. En el caso del GAC pagado por la importación de bienes de capital después de la entrada en vigencia del presente Decreto, se reputará como crédito, para efectos de su devolución, sólo la proporción correspondiente a la depreciación de dichos bienes, devengada en el costo de los productos exportados. En el caso del GAC incorporado en el costo de los bienes importados, adquiridos por el exportador en el mercado interno, se presume que el valor CIF de importación de dichos bienes equivale al 60 por ciento del monto asignado en la nota fiscal, proporción que servirá como base de cálculo del GAC que será reputado como crédito y devuelto al exportador, previa presentación de una copia de la póliza de importación correspondiente. El DS señala que el Impuesto a las Transacciones (IT) no será objeto de devolución para este sector.(EZB) . -- 31-01-95 19:39 XXXX
31 de Enero, 1995
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Rige Decreto de neutralidad impositiva de exportaciones La Paz 31 ene (ANF) .- Rige a partir de este Miércoles el Decreto Supremo 23944 que garantiza la neutralidad impositiva de las exportaciones bolivianas, entre ellas de minerales y metales. El instrumento, que establece la devolución de los impuestos internos, pretende que no haya impuesto específico alguno para cada sector productor que exporta y así lo establece la Ley 1606 de reformas impositivas, dijo al respectoel Secretario de Desarrollo Económico, Jaime Villalobos. En el caso específico a la devolución de impuestos para el sector minero metalúrgico se procederá a la devolución del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) en base a los aranceles pagados directamente por el exportador. De acuerdo al Decreto, el GAC pagado por el exportador de este sector se reputará como un crédito, el cual será devuelto hasta un monto máximo equivalente al 5 por ciento de la diferencia entre el valor oficial de cotización del mineral y los gastos de realización. En el caso del GAC pagado por la importación de bienes de capital después de la entrada en vigencia del presente Decreto,se reputará como crédito, para efectos de su devolución, sólo la proporción correspondiente a la depreciación de dichos bienes, devengada en el costo de los productos exportados. En el caso del GAC incorporado en el costo de los bienes importados, adquiridos por el exportador en el mercado interno,se presume que el valor CIF de importación de dichos bienes equivale al 60 por ciento del monto asignado en la nota fiscal,proporción que servirá como base de cálculo del GAC que será reputado como crédito y devuelto al exportador, previa presentación de una copia de la póliza de importación correspondiente. El DS señala que el Impuesto a las Transacciones (IT) no será objeto de devolución para este sector.(EZB) . -- 31-01-95 19:39XXXX

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