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Nacional Política

Diputado presenta proyecto de ley para abrogar norma que limita la declaración de estados de excepción

Alarcón indicó que la norma aprobada por Eva Copa dispuso que la Asamblea Legislativa tiene la facultad de modificar el decreto de estado de excepción, usurpando funciones y decisiones que le competen al Ejecutivo.
22 de mayo, 2026 - 18:16
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Diputado Carlos Alarcón. Foto: Internet
Diputado Carlos Alarcón. Foto: Internet

La Paz, 22 de mayo de 2026 (ANF).- Con el fin de neutralizar los conflictos sociales, el diputado de la alianza Unidad, Carlos Alarcón, presentó un proyecto normativo para abrogar la Ley 1341 de Estados de Excepción, que dificulta su aplicación inmediata y establece beneficios para los infractores.

“Se ha presentado un proyecto de ley con un artículo que abroga la Ley 1341 de Estados de Excepción, del 29 de octubre de 2020. Esa norma establece varios obstáculos; incluso, se contemplan beneficios para quienes vulneren el estado de excepción”, manifestó.

En octubre de 2020, la entonces presidenta del Senado, Eva Copa, promulgó la Ley 1341 de Estados de Excepción, la cual fue diseñada para limitar una intervención militar amplia en conflictos sociales que asediaban al gobierno de transición de Jeanine Añez.

El legislador señaló que la norma promulgada por la exsenadora y exalcaldesa de El Alto estableció varias restricciones. Por ejemplo, definió que ese mecanismo sea aprobado por la mayoría del total de legisladores; sin embargo, la Constitución Política del Estado (CPE) señala que debe aprobarse por mayoría de los asistentes.

La propuesta de aplicar un estado de excepción surgió en medio de un escenario conflictivo en algunas regiones del país, protagonizado por sectores radicales afines al expresidente Evo Morales, que piden la renuncia del presidente Rodrigo Paz. Aunque el Gobierno descartó la posibilidad de aplicar esa medida para restablecer el orden en el país. 

El bloqueo de caminos, que se agravó en las últimas semanas, obstaculizó el ingreso de alimentos, medicamentos y oxígeno, además de impedir la circulación de ambulancias, lo que derivó en el deceso de cuatro personas.

Si bien el artículo 137 de la Constitución faculta al Gobierno a decretar un estado de excepción, el cual debe ser ratificado por la Asamblea Legislativa, la Ley 1341 regula ese mecanismo. Incluso establece un plazo de vigencia de 60 días, aunque la Carta Magna no definió un límite de tiempo.

Alarcón indicó que la norma aprobada por Copa dispuso que la Asamblea Legislativa tiene la facultad de modificar el decreto de estado de excepción, lo que —según afirmó— implica una usurpación de funciones que competen al Ejecutivo.

A la vez, cuestionó que la norma no establezca sanciones más severas, como la privación de libertad para quienes incurran en actos de violencia y vulneren los derechos de la población.

El artículo 9 de la Ley 1341 señala que no se establecerán sanciones administrativas contra quienes infrinjan el estado de excepción, salvo una multa pecuniaria equivalente al 10% del salario mínimo nacional.

Además, la norma prohíbe cualquier tipo de restricción a la libertad o la privación del acceso a servicios básicos, bancarios, carburantes, alimentación y servicios de salud.

/EUA/

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