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Economía

Impuestos Nacionales: reducción del IVA a gasolina y diesel se aplicará a partir del 2013

Una vez aprobada la Ley Financial procederá a reglamentar el uso de Libro IVA. Recomienda a los chóferes “simplemente guardarlas las facturas”, puesto que este sector no descarga las mismas ni hace uso del crédito fiscal.
13 de noviembre, 2012 - 18:19
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El SIN reglamentará el uso del Libro de Compras IVA, así como el sistema Da Vinci. Foto: ANF///Arch.
El SIN reglamentará el uso del Libro de Compras IVA, así como el sistema Da Vinci. Foto: ANF///Arch.
La Paz, 13 Nov. (ANF).- El Presidente interino de Impuestos Nacionales, Roberto Ugarte, aclaró que la rebaja del 30% en el crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del 13% a la compra de gasolina y diesel, será aplicado a partir de enero de 2013, una vez que sea aprobada la Ley Financial en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

“Impuestos Nacionales va a reglamentar una vez que se apruebe la ley (Financial). Vamos a establecer el Reglamento correspondiente a fin de hacer conocer a los contribuyentes de qué manera se va a establecer el Libro de Compras IVA, principalmente, porque es ahí donde se declara el crédito fiscal”, afirmó Ugarte al ser consultado al respecto.

Agregó que se trata de “un mecanismo muy sencillo que lo vamos a adaptar al Libro Da Vinci que tenemos nosotros para los principales contribuyentes en los libros y descargos del crédito fiscal”.

AFECTACIONES: Por otra parte, el presidente interino del SIN aseguró que la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la compra de gasolina y diesel en 30%, no afectará a los chóferes, ni a los transportista urbanos o interprovinciales ya que están registrados en un Régimen Especial.

“Es mínimo y por el cual el sector del transporte urbano y el interprovincial no emiten factura de acuerdo a lo que establece el Decreto del Sistema Tributario Integrado, por lo tanto no debieran preocuparse por ese lado los transportistas, porque si bien reciben una factura, ellos tienen que simplemente guardarlas las facturas, porque no declaran sus impuestos en función a la magnitud que ellos tienen en cuanto al pago trimestral que realizan”, aseveró Ugarte.

Señaló que una persona, sea empresa o persona natural, si tiene una factura de 100 bolivianos tendría que descargarse con 13 bolivianos como crédito fiscal, pero con el descuento, la reducción del 30%, ese crédito fiscal ahora será de 9.10 bolivianos.
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