Ir al contenido principal
 

Opinión

50 años de la Encíclica "Humanae Vitae" de San Pablo VI

22 de Octubre, 2018
Compartir en:
MIGUEL MANZANERA, S.J.
El Papa Paulo VI, fallecido en 1978, ha sido proclamado santo el 14 de octubre de 2018 por el Papa Francisco en una solemne ceremonia celebrada en la Basílica de San Pedro en Roma. Con ello el actual Papa Francisco ha querido poner de relieve la santidad heroica de Pablo VI, quien dirigió sabiamente el Concilio Vaticano II, clausurado el 8 de diciembre de 1965. Además Pablo VI elaboró importantes documentos, entre ellos la Encíclica “Humanae Vitae” (HV) sobre la Regulación de la Natalidad, promulgada el 25 de julio de 1968, fiesta del Apóstol Santiago.

Este tema ya había sido tratado en el Concilio Vaticano II, uno de cuyos documentos más importantes fue la Constitución Pastoral “Gaudium et Spes” (GS) sobre la Iglesia en el mundo actual, aprobada el 8 de diciembre de 1965. Entre otros temas trata de la dignidad de la vida humana, del matrimonio y de la familia. Declara que “el aborto y el infanticidio son crímenes abominables” (GS 51). También hace recomendaciones sobre el amor conyugal y el respeto a la vida humana, exhortando a los cónyuges al respeto de los actos conyugales con concordes con la dignidad humana y con los criterios objetivos que brotan de la naturaleza de la persona para mantener íntegro el amor verdadero, cultivando la castidad conyugal y siguiendo el magisterio de la Iglesia sobre la regulación de la natalidad (GS 51).

Pablo VI ordenó a los Obispos del Concilio que no dieran normas concretas sobre los medios para controlar la natalidad, ya que las había encargado a la “Comisión para el Estudio de Población, Familia y Natalidad” que todavía no había concluido su trabajo (GS 51, nota 14).

La Comisión papal terminó su estudio en 1968 y Pablo VI después de intensa oración, sin ceder ante opiniones mayoritarias contrarias, promulgó la Encíclica “Humanae Vitae” (HV) que recoge lo afirmado en el Concilio sobre la paternidad responsable como exigencia del amor conyugal en la misión unitiva, procreativa y educativa de los esposos. Son ellos quienes, teniendo en cuenta las situaciones físicas, económicas, psicológicas y sociales, deben decidir sobre cuántos hijos quieren tener y en qué momento.

Cualquier acto matrimonial debe quedar abierto a la transmisión de la vida. Para ello la HV da normas concretas sobre cómo los progenitores deben proceder para regular el número de hijos que desean tener y en qué momento. Indica que pueden limitar o espaciar la prole si hay causas serias o justas (HV 10; 16).

“Los actos, con los cuales los esposos se unen en casta intimidad, y a través de los cuales se transmite la vida humana, son,  como ha recordado el Concilio, \"honestos y dignos\",  y no cesan de ser legítimos si, por causas independientes de la voluntad de los cónyuges, se prevén infecundos, porque continúan ordenados a expresar y consolidar su unión (HV 11).

HV reitera el rechazo del aborto: “En conformidad con estos principios fundamentales de la visión humana y cristiana del matrimonio, debemos una vez más declarar que hay que excluir absolutamente, como vía lícita para la regulación de los nacimientos, la interrupción directa del proceso generador ya iniciado, y sobre todo el aborto directamente querido y procurado, aunque sea por razones terapéuticas” (HV 14).

“Hay que excluir igualmente, como el Magisterio de la Iglesia ha declarado muchas veces, la esterilización directa, perpetua o temporal, tanto del hombre como de la mujer; queda además excluida toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como fin o como medio, hacer imposible la procreación” (HV 14).

HV no considera ilícito el uso de los medios terapéuticos verdaderamente necesarios para curar enfermedades del organismo, incluso aunque provocasen un impedimento, aun previsto, para la procreación (HV 15). También admite que los esposos pudiesen utilizar el recurso a los periodos infecundos de los ritmos naturales, cuando hay justas causas, derivadas de las condiciones físicas o psicológicas de los cónyuges o de circunstancias exteriores (HV 16).

La encíclica HV fue rechazada por muchas personas y asociaciones, incluso algunas también católicas, que la consideraron exageradamente rígida al condenar globalmente el uso de anticonceptivos. Pero en todo caso hay que reconocer que Pablo VI tuvo una visión profética al advertir que el uso  masivo de anticonceptivos traería consecuencias patológicas, sociológicas y éticas para la humanidad tal como de hecho sucede hoy.

La HV ha sido profética, condenando el aborto y los medios anticonceptivos abortivos y exhortando a los esposos al uso responsable de la unión sexual para experimentar el amor corporal y espiritual. Sin embargo fue incompleta ya que no distingue entre medios anticonceptivos contraceptivos y los que son  meramente interceptivos, como los preservativos, que pueden ayudar a los cónyuges a prevenir contagios y a vivir más plenamente el amor. El Papa Francisco se ha expresado en tal sentido en alguna ocasión.

Miguel Manzanera, S.J.

Etiquetas