ANF A2269 17:13:33 23-09-2002VAR-EDUCACION-REGLAMENTO DE SANCIONESMaestros que cometen delitos son castigados con penas leves.La Paz 23 SEP (ANF)- Los delitos tipificados en el Código penal como la violación, acoso sexual, organización de bandas delictivas, estupro, entre otros, sólo son considerados como faltas muy graves por el Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y sancionados levemente. El gobierno elaboró una nueva propuesta que fue entregada a los maestros y espera consensuarla con ellos.El Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio, vigente desde 1993, delimita las infracciones leves, graves y muy graves que los maestros cometen con los alumnos, colegas o autoridades superiores y establece sanciones según el caso. "En algunos de los casos se considera infracción a un delito mayor y se lo castiga levemente y no impide que el hecho suceda en otro lugar", dijo el director de Etica del Ministerio de Educación , Ariel Mealla, El funcionario agregó que el Reglamento 212414 vigente genera impunidad por su antigüedad. "El reglamento posiblemente era el ideal en su momento pero ahora no lo es y su modificación es necesaria. Por otra parte, atenta contra los derechos de cada persona al retenerle la totalidad de su salario como sucede en las sanciones por faltas graves", manifestó.Mealla explicó que las faltas muy graves consideradas por el Reglamento actual, en realidad, son delitos castigados por la Ley y sancionados sólo con el retiro definitivo del ejercicio del Magisterio o la destitución del cargo, sin embargo, según el Código Penal su castigo es la cárcel. El director de Etica explicó que, según el reglamento, las faltas leves son la suspensión de labores por cumpleaños, negligencia en el cuidado de los locales e inmobiliario, el desorden en el trabajo, la resistencia a las ordenes superiores, consumo de tabaco en ambientes escolares y utilizar a los alumnos en mandados personales. Se las sanciona con amonestación en privado, por escrito, descuento de uno a cinco días de haber o el traslado de lugar de trabajo.Entre las faltas graves están los castigos corporales o psicológicos contra el alumno, la extorsión a los alumnos en las calificaciones, represalias, deserción elevada por malos tratos del maestro, uso indebido de recaudaciones, aceptación de regalos a cambio de favores. Son castigadas con la suspensión de sus funciones sin goce de haberes de 15 a 60 días, postergación de ascensos por un año o el descenso a un cargo inferior Las faltas muy graves son: invitación al uso de sustancias controladas, corrupción, acoso sexual, estupro, violación, violencia, organización de bandas delictivas, falsificación de datos, suplantación de firmas, cobro de haberes sin prestar servicios, simulación de enfermedad para obtener licencia, venta de exámenes y otros. Las sanciones instituidas son el retiro definitivo del ejercicio del Magisterio o destitución del cargo.ProyectoEl proyecto presentado por el Gobierno al magisterio conceptualiza las infracciones leves y graves para delimitar las sanciones y ya no considera las faltas muy graves porque están dentro de los delitos.Mealla explicó que el documento fue entregado a los dirigentes del magisterio hace meses y aún no pudo ser consensuado. "Lo presentamos en cada departamento y en algunos fue aceptado y otros rechazado", aclaró. Según el proyecto, las faltas leves son: que el director de una unidad no organice el proceso de inscripción, no velar por la seguridad durante el período pedagógico, el trato descortés a los alumnos, conducta contraria a la moral según costumbres regionales, fumar en clases, iniciar las clases con retraso y otras que deberán ser valoradas por los Comités de Etica.Las faltas graves son cobro de dinero, utilizar a los alumnos en mandados particulares, no informar sobre faltas disciplinarias, discriminación por raza, género, religión, idioma u otros, represalias por reclamos, castigos corporales a los alumnos, oferta, venta de bebidas alcohólicas y otros.Las sanciones para las faltas leves son: llamadas de atención por escrito dos veces consecutivas, un proceso disciplinario y su sanción respectiva. Para las faltas graves, se sanciona según la gravedad del caso, por ejemplo, el castigo corporal se penaliza con la separación definitiva de la labor docente.En caso de que el docente incurra en hechos tipificados en el Código Penal, deberá ser remitido a las instancias legales y mientras dure la investigación, el profesor será suspendido temporalmente, sin goce de haberes.En caso de que el profesor sea absuelto del proceso penal se le restituirán sus salarios de forma retroactiva, y si fuera declarado culpable éste será separado definidamente de la actividad docente. //PSC//