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Nacional Sociedad

La Alcaldía ya tiene un instrumento para la fiscalización de las construcciones

ANF B8551 17:10:15 29-04-2004 var GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PAZ. La Alcaldía ya tiene un instrumento para la fiscalización de las construcciones ilegales La Paz, abr. 29 (SIM/GMLP).- El Gobierno Municipal de La Paz ya cuenta con un reglamento de Procesos Técnicos Administrativos (PTA) que permitirá fiscalizar con mayor eficiencia las construcciones fuera de norma referida al Uso de Suelos, Patrones de Asentamiento y Parámetros de Edificación de los inmuebles paceños. Este jueves el pleno del Concejo Municipal, a través de la Ordenanza 076/2004, aprobó en "detalle" el reglamento de PTA, y en el transcurso de los siguientes días el alcalde Juan Del Granado lo promulgará para que entre en vigencia y funcionamiento. El reglamento de fiscalización establece la nueva estructura y las competencias de la Dirección de Administración Predial (DAP) como ente supervisor de las unidades de fiscalización dependientes de las subalcaldías que son las que intervienen en el procedimiento técnico administrativo. Con el nuevo reglamento se determinarán sanciones más específicas a las infracciones a disposiciones técnico administrativas municipales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Municipalidades vigente. Las infracciones a las construcciones pueden ser aquellas que: ¿ Sean realizadas en área de propiedad municipal. ¿ Sean realizadas en áreas de propiedad privada objeto de restricción administrativa por estar declaradas como área verde, forestal, paisajística, de preservación natural, geológica, de riesgo y en sectores no urbanizados. ¿ No tengan planos arquitectónicos aprobados. ¿ Contando con planos arquitectónicos aprobados conforme a disposiciones vigentes sean alteradas en obra. ¿ Con o sin autorización municipal dañen o destruyan propiedad municipal. ¿ No tengan autorización municipal de cualquier tipo de construcción. ¿ Ocupen vía pública y apertura de vanos sin autorización municipal; ¿ La realización de movimientos de tierra, la omisión de la construcción de muro divisorio o muro de contención; o la realización de los mismos sin autorización municipal. ¿ Acumulen escombros y materiales de construcción en aceras y calzadas Sanciones Ante el incumplimiento de cualquier disposición, el reglamento establece sancionar a los propietarios de estos inmuebles con la demolición de construcciones en área municipal o de propiedad privada que infrinjan las disposiciones de Uso de Suelos, Patrones de Asentamiento y edificación; y a las construcciones que con planos aprobados sea alteradas. Además establece la reposición y/o reparación de cualquier daño a la propiedad municipal, previo procedimiento técnico administrativo. Las multas pecuniarias serán establecidas según el Patrón de Asentamiento asignado por metro cuadrado faltante, por metro cuadrado ocupado en vía pública o por vano aprobado. Finalmente las multas serán impuestas por metro cúbico de tierra removido, construcción de muro divisorio o de contención sin autorización municipal. Incluso existirá la multa adicional a la desobediencia a cualquier instrucción escrita de autoridad municipal, por las infracciones señaladas anteriormente.---------------------------------------------------------------- ESTE ES UN BLOQUE DE INFORMACION INSTITUCIONAL. NO COMPROMETE LA LINEA INFORMATIVA Y EDITORIAL DE LA AGENCIA DE NOTICIAS FIDES (ANF).
29 de Abril, 2004
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ANF B8551 17:10:15 29-04-2004var GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PAZ.La Alcaldía ya tiene un instrumento para la fiscalización de las construcciones ilegalesLa Paz, abr. 29 (SIM/GMLP).- El Gobierno Municipal de La Paz ya cuenta con un reglamento de Procesos Técnicos Administrativos (PTA) que permitirá fiscalizar con mayor eficiencia las construcciones fuera de norma referida al Uso de Suelos, Patrones de Asentamiento y Parámetros de Edificación de los inmuebles paceños.Este jueves el pleno del Concejo Municipal, a través de la Ordenanza 076/2004, aprobó en "detalle" el reglamento de PTA, y en el transcurso de los siguientes días el alcalde Juan Del Granado lo promulgará para que entre en vigencia y funcionamiento. El reglamento de fiscalización establece la nueva estructura y las competencias de la Dirección de Administración Predial (DAP) como ente supervisor de las unidades de fiscalización dependientes de las subalcaldías que son las que intervienen en el procedimiento técnico administrativo.Con el nuevo reglamento se determinarán sanciones más específicas a las infracciones a disposiciones técnico administrativas municipales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Municipalidades vigente.Las infracciones a las construcciones pueden ser aquellas que:¿ Sean realizadas en área de propiedad municipal.¿ Sean realizadas en áreas de propiedad privada objeto de restricción administrativa por estar declaradas como área verde, forestal, paisajística, de preservación natural, geológica, de riesgo y en sectores no urbanizados.¿ No tengan planos arquitectónicos aprobados.¿ Contando con planos arquitectónicos aprobados conforme a disposiciones vigentes sean alteradas en obra.¿ Con o sin autorización municipal dañen o destruyan propiedad municipal.¿ No tengan autorización municipal de cualquier tipo de construcción.¿ Ocupen vía pública y apertura de vanos sin autorización municipal;¿ La realización de movimientos de tierra, la omisión de la construcción de muro divisorio o muro de contención; o la realización de los mismos sin autorización municipal.¿ Acumulen escombros y materiales de construcción en aceras y calzadasSancionesAnte el incumplimiento de cualquier disposición, el reglamento establece sancionar a los propietarios de estos inmuebles con la demolición de construcciones en área municipal o de propiedad privada que infrinjan las disposiciones de Uso de Suelos, Patrones de Asentamiento y edificación; y a las construcciones que con planos aprobados sea alteradas. Además establece la reposición y/o reparación de cualquier daño a la propiedad municipal, previo procedimiento técnico administrativo. Las multas pecuniarias serán establecidas según el Patrón de Asentamiento asignado por metro cuadrado faltante, por metro cuadrado ocupado en vía pública o por vano aprobado.Finalmente las multas serán impuestas por metro cúbico de tierra removido, construcción de muro divisorio o de contención sin autorización municipal. Incluso existirá la multa adicional a la desobediencia a cualquier instrucción escrita de autoridad municipal, por las infracciones señaladas anteriormente.----------------------------------------------------------------ESTE ES UN BLOQUE DE INFORMACION INSTITUCIONAL. NO COMPROMETE LA LINEA INFORMATIVA Y EDITORIAL DE LA AGENCIA DE NOTICIAS FIDES(ANF).

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