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Nacional Política

ONU hace un llamado a proteger el TIPNIS favoreciendo derechos indígenas

La Organización de las Naciones Unidas en Bolivia citó el artículo 385 de la Constitución que se refiere a las áreas protegidas para la implementación de la Ley 266 y el artículo 23 de la Declaración de las NNUU sobre derechos de los pueblos indígenas.
14 de Agosto, 2017
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El TIPNIS nuevamente enfrenta a dos grupos quienes apoyan la Ley 266 y quienes apoyan la intangibilidad del territorio. Foto: ANF
El TIPNIS nuevamente enfrenta a dos grupos quienes apoyan la Ley 266 y quienes apoyan la intangibilidad del territorio. Foto: ANF
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La Paz, 14 de agosto (ANF).- El Sistema de la Organización de las Naciones Unidas en Bolivia señaló que la Ley 266 que quita la intangibilidad del TIPNIS, será de adecuada implementación teniendo en cuenta el artículo 385 de la Constitución Política del Estado sobre áreas protegidas y sobreposición de territorio indígena. E hizo un llamado para “incrementar” los esfuerzos para proteger el TIPNIS.

La ONU emitió este 12 de agosto un comunicado en el que se refiere al concepto de intangibilidad aplicado al Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) en el que “reconoce la validez de revisar el estado de intangibilidad del TIPNIS”.

Precisa que el concepto de intangibilidad no está contemplado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ni en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Sin embargo, considera que la Ley 266 (Protección y Desarrollo Integral y Sustentable) será de “adecuada implementación recordando el artículo 385 de la Constitución Política del Estado”, éste se refiere exclusivamente a las áreas protegidas y a la sobreposición del territorio indígena.

El TIPNIS tiene ambas condiciones señaladas en este artículo, es decir, es un área protegida o parque nacional y es un territorio indígena donde cohabitan los yuracarés, mosetenes, chimanes, trinitarios.

La CPE en el artículo 385 tiene dos numerales, reconoce a las áreas protegidas como un bien común y forman parte del patrimonio natural y cultural del país; cumplen funciones ambientales, culturales, sociales y económicas para el desarrollo sustentable. Asimismo, dice que donde haya sobreposición de áreas protegidas y territorio indígena, “la gestión compartida se hará con sujeción a las normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígenas originario campesino, respetando el objeto de creación de estas áreas”.

El organismo internacional señala además que la Ley que anula la intangibilidad del TIPNIS, que estaba prevista en la Ley 180 y que fue abrogada, “representa una oportunidad para institucionalizar los procesos de consulta previa, libre e informada, y a su vez satisfacer lo dispuesto en el artículo 23 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas”.

Este artículo está referido al derecho que tienen los pueblos indígenas a “determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. Asimismo, tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas sociales y en lo posible dice el artículo a administrar esos programas mediante sus instituciones.

La ONU hizo un llamado “a incrementar los esfuerzos, de parte de todos los actores, para identificar escenarios de protección, desarrollo integral y sustentable del TIPNIS, favoreciendo la promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas y haciendo efectivos sus derechos colectivos u libertades fundamentales”.

Este pasado domingo, el presidente Evo Morales promulgó la Ley de Protección y Desarrollo Integral y Sustentable del TIPNIS, en medio de críticas a esta determinación. Desde el 2011, el Gobierno anunció la construcción de la carretera por medio del parque y territorio indígena, proyecto que no fue ejecutado por la Ley 180 que estableció la intangibilidad del TIPNIS.


/NVG

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