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Nacional Política

Relator pide aplicar posición de la Corte IDH que rechaza la reelección como derecho humano

En agosto del 2021, la Corte IDH emitió una Opinión Consultiva, a raíz de la cuarta repostulación de Evo Morales, e indicó que la reelección no es un derecho humano como sostenía el entonces mandatario
30 de Enero, 2023
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El relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Joel Hernández García

La Paz, 30 de enero de 2023 (ANF).- El relator sobre Defensoras y Defensores de Derechos Humanos y Operadores de Justicia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Joel Hernández García, resaltó la importancia de tomar en cuenta las conclusiones de la Corte Internacional de Derechos Humanos (Corte-IDH) sobre la reelección indefinida como un “derecho humano”.

La semana pasada, la Sala Constitucional Primera del departamento de Chuquisaca rechazó la Acción Popular que presentó el diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Marcelo Pedraza, con base en la posición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y ratificó que reelección es un “derecho humano”.

En una entrevista con el diario El Deber, Hernández sostuvo que la reelección presidencial indefinida no es un derecho que deba ser protegido por la Convención Americana y por eso resaltó que los países deberían aplicar la posición de la Corte-IDH sobre ese tema.

“Es importante que en cualquier proceso se tomen en cuenta las conclusiones de la opinión consultiva. En este caso, ha sido muy cuidadosa en examinar los derechos electorales de la Convención Americana. Además, la Corte IDH es la entidad de más alto rango en interpretar la Convención Americana de Derechos Humanos”, indicó el relator.

En 2017, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la sentencia constitucional 084/2017 que habilitó al expresidente Evo Morales y al exvicepresidente Álvaro García Linera para ser candidatos en las próximas elecciones.

En ese entonces, el presidente del TCP, Macario Lahor Cortez, explicó que la Sentencia Constitucional 084 se basa en la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) por ser una norma más favorable con relación a los derechos políticos sobre los artículos 156, 168, 285 y 288 de la Constitución Política del Estado (CPE), que limitaba la reelección continua de los gobernantes.

Sin embargo, en agosto del 2021 la Corte IDH emitió una Opinión Consultiva, a raíz de la cuarta repostulación de Evo Morales, e indicó que la reelección no es un derecho humano como sostenía el entonces mandatario.

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