Ir al contenido principal
Dolar: venta Bs 6,96 | compra Bs 6,86
GIF ANF suscríbete
 

Economía

SIN: 8.496 contribuyentes se acogieron a beneficios de la Ley 812 de pago de deudas en 15 días

En el caso de contribuyentes que no tenían los recursos suficientes para pagar la totalidad de su deuda con la Administración Tributaria, se registraron 224 facilidades de pago por un monto de Bs 28.252.081.
19 de Julio, 2016
Compartir en:
Presidente del SIN, Mario Cazón. Foto: SIN
Presidente del SIN, Mario Cazón. Foto: SIN
Banner Jubileo, abril 22 2024

La Paz, 19 de julio (ANF).- En aplicación a la Ley Nº 812 de modificaciones al Código Tributario, 8.496 contribuyentes se acogieron a los beneficios de la norma pagando sus deudas tributarias por un monto de Bs 96.018.503 del 1 al 15 de julio de este año, informó el presidente ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón Morales.
 
Por departamentos, Santa Cruz registró 3.066 contribuyentes que pagaron Bs 41.853.635, cantidad que representa un 43,6% de participación. Le sigue La Paz con 2.356 contribuyentes y pago por Bs 26.878.648 y una participación de 28%. Luego se sitúa Cochabamba con 1.366 contribuyentes y un pago de Bs 15.469.919, lo que representa un 16,1% de participación.   

“La Ley 812 (…) tiene beneficios particularmente con la regularización que posibilita que los contribuyentes hasta el 31 de diciembre puedan pagar su deuda o acogerse a las facilidades de pago con una tasa de interés del 4% y un descuento de la multa del 60%”, señaló el funcionario.

En el caso de contribuyentes que no tenían los recursos suficientes para poder pagar la totalidad de su deuda con la Administración Tributaria, se registraron 224 facilidades de pago por un monto de Bs 28.252.081 durante el periodo 1 al 18 de julio de 2016.  

“Esas son las ventajas, los beneficios que están gozando en este momento los contribuyentes del Régimen General, del Régimen Tributario Simplificado, Régimen Tributario Integrado”, explicó Cazón.

Si la deuda es hasta Bs 100 mil, de acuerdo a la Ley, el contribuyente deberá depositar en una entidad bancaria autorizada sólo el 10% de la misma para acogerse a las facilidades de pago (5% corresponde a la cuota inicial y el otro 5% a la garantía).

Cazón recordó que los impuestos son los ingresos del Estado boliviano para las obras de desarrollo de carreteras, hospitales, escuelas y para la coparticipación a las alcaldías, gobiernos municipales y universidades del país. 

El 28 de junio de la presente gestión se promulgó la Ley Nº 812 que establece beneficios sustanciales a los contribuyentes con una disminución considerable de multas e intereses, incorpora la figura del “arrepentimiento eficaz” y reduce el periodo de prescripción de la deuda. 

/FC/

Etiquetas