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Opinión

Entre bosques y cárceles: Crítica a la criminalización de la deforestación en Bolivia

15 de Marzo, 2024
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STASIEK CZAPLICKI Y JUAN PABLO NERI

Aprovechando la indignación, desesperación y el sentimiento de injustica que suscitan cada año los mega incendios forestales y la deforestación, existen voces reaccionarias que piensan que la solución es aplicar mano dura. Lo que es peor, las autoridades públicas parecen responder favorablemente, elaborando normativas punitivas, que establecen penas de cárcel para los que talan o queman el bosque. Sin embargo, estas medidas no resuelven nada, cuando el verdadero problema son las normativas y políticas públicas que favorecen a la expansión del agronegocio y, por ende, la deforestación.

En efecto, una de las marcas del ‘’subdesarrollo’’ boliviano es la prevalencia de una compulsión penalista. Es decir, la tendencia generalizada a pretender resolver una serie de problemas por la vía penal. Ya sea corrupción, racismo o violencia machista, la solución propuesta comúnmente implica la creación de nuevos delitos y, por ende, el potencial encarcelamiento de aquellos individuos que incurran en tales actos “moralmente” reprochables. 

Primero, se trata de una herencia colonial judeocristiana, cuyo fundamento son los principios cristianos de la culpa, la penitencia y la expiación. En particular, en el tercer principio, pues se asume que se absuelve de culpa a la propia sociedad, a partir de transferir toda la responsabilidad al “malhechor” individual. Esto resulta particularmente problemático cuando se aplica el razonamiento a actos considerados como reprehensibles, pero con un claro origen social como es el caso de la, irrisoria, deforestación realizada por campesinos o indígenas para producir alimentos. Y, sin embargo, incluso las voces más “progresistas” en la sociedad boliviana suelen sucumbir ante esta compulsión.

Segundo, esta herencia colonial también promueve y reproduce un razonamiento profundamente reaccionario. La noción extendida de que, en una determinada sociedad, existen “los malhechores” y, por inferencia lógica, la “gente de bien”. Por lo tanto, lo que corresponde es proteger a los segundos, extirpando de la sociedad a los primeros, por ejemplo, encarcelándolos. Además del evidente reduccionismo de este razonamiento, sobra decir que no existe lugar en el mundo, donde el mismo haya resuelto ninguna contradicción social, como las que señalamos antes. Ni siquiera en el infame proyecto punitivo de proyecto punitivo Bukeliano de El Salvador. La cárcel no reeduca, ni genera ‘’mejores seres humanos’’. Peor aún, la justicia punitiva nos aleja de lo que lo realmente es necesario: la justicia compensatoria y restaurativa.

Tercero, además del razonamiento reaccionario señalado, en su aplicación en el caso boliviano, esta compulsión penalista esconde otras predisposiciones problemáticas, específicamente, el clasismo, el racismo y el machismo. En general, la puesta en práctica de las “soluciones” penalistas sirve más para reforzar el sistema desigual de clases sociales, que para resolver las contradicciones que supuestamente abordan. Existen varias otras razones adicionales, por las que la compulsión penalista profundiza las desigualdades y prolonga nuestro subdesarrollo, en lugar de solucionar éstas y otras problemáticas. Pero, no las discutiremos ahora.

La reciente tendencia de encarcelar a los responsables de la deforestación y mega incendios forestales en Bolivia se manifestó con la aprobación de la Ley 1525 de protección del Cóndor en noviembre de 2023. Ésta incluye una modificación al Código Penal en la que se establece que: “Cuando mediante por acción se provoque un incendio que se origine o se propague a áreas protegidas, reservas forestales o cualquier tierra de protección definida según normativa legal vigente, ocasionando daño a la flora o fauna silvestre del área afectada, incurrirá en privación de libertad de (tres) 3 a (ocho) 8 años”. 

Consiguientemente, en enero de 2024, se presentó en la Cámara de Senadores, un proyecto de ley de “prevención y control de la deforestación”, en donde se introducen varios tipos penales y sanciones con cárcel. Primero, se establece la privación de libertad de 5 a 10 años, para personas que realicen desmontes en áreas protegidas. Segundo, se establece la privación de libertad de 3 a 8 años, para quienes realicen incendios forestales en áreas protegidas, “bosques de protección desmontes (sic)” y otro tipo de quemas. En ambos casos, el objetivo es desincentivar y castigar los incendios y la deforestación en las áreas consideradas como último el bastión de la protección ambiental.

Estas medidas se basan en el entendimiento de que las Áreas Protegidas de Bolivia carecen de contexto social e histórico. Las áreas protegidas, nunca fueron territorios deshabitados, por lo que el enfoque conservacionista—punitivo solo sirve para alimentar una narrativa artificial de territorios prístinos. Por ejemplo, el Parque Nacional Madidi alberga 31 comunidades con aproximadamente 3714 habitantes, mientras que el TIPNIS cuenta con 74 comunidades. Dichas poblaciones típicamente producen alimentos en pequeña escala, requieren de un recambio de tierra cada par de años y, por consiguiente, desmonte y chaqueo. Pero la ley planteada también aplicará a esas comunidades, incluso aunque no sean consultadas, ni se les socialice la norma. 

En este marco, el uso del chaqueo para la agricultura y ganadería es prevalente en todas las comunidades rurales del país, estén en Áreas Protegidas o no. Si la aplicación de la ley se convierte en realidad, podría llevar a la cárcel a miles de personas cuyo único delito radica en encontrarse, sin consulta previa, en un área de alta conservación ambiental. Si bien el proyecto de ley sobre prevención y control de la deforestación plantea capacitaciones para el uso alternativo del fuego, hay que ser francos, la aplicación de este tipo de leyes siempre ha privilegiado el componente punitivo sobre los componentes de prevención y paliación. Por ejemplo, la propuesta de promover el uso de alternativas al fuego es de larga data y poco convincente.

Es crucial insistir en este punto. Las áreas protegidas desempeñan un papel ecosistémico fundamental, y es imperativo que cumplan con su función. Pero la solución a problemas como el desmonte y los incendios no radica en el encarcelamiento de personas. Mucho menos de pequeños productores que habitan en áreas de preservación. Se requiere asignar el presupuesto necesario y crear condiciones institucionales que permitan a los guardaparques desempeñar su labor de manera segura y digna, además de dar alternativas reales y efectivas para las poblaciones que viven en Áreas Protegidas. Asimismo, si el interés por prevenir la deforestación es genuino, la atención debe dirigirse a la raíz del problema. ¿Cuál es esta raíz?

En 2016, las Áreas Protegidas representaban más del 26.1% del territorio nacional, compuestas principalmente por tierra fiscal, TIOC/TCO y tierra comunal. Sin embargo, en 2023 en toda Bolivia, la mayoría de los incendios (28%) ocurrieron en predios empresariales, seguidos por propiedades privadas medianas (9%) y pequeñas (8%). La sanción existente por quemas ilegales, establecida en la Ley 1171 de 2019, impone un monto fijo de 100 UFV (aproximadamente Bs 250) para predios empresariales y propiedades colectivas. 

En primer lugar, esta sanción equipara las actividades de empresarios del agronegocio, que son los principales responsables de las quemas y la deforestación del país, con las actividades de pequeños productores agropecuarios. Sin embargo, 250 bolivianos no representan lo mismo para un conglomerado empresarial, que para un pequeño productor. En segundo lugar, bajo el enfoque vigente, la posibilidad de punición efectiva a los verdaderos causantes de los incendios forestales, o sea los empresarios del agronegocio, se vuelve bastante remota. Las multas actuales además de ser demasiado bajas para que sean un desincentivo, se aplican en menos del 10% de los casos de desmonte e incendios forestales del país. 

Por lo tanto, la propuesta de una solución penalista acabará reforzando la aplicación clasista a la que nos referimos previamente. Es decir, el chivo expiatorio serán los jornaleros de empresas privadas, los pequeños agricultores y los colonizadores, tres figuras, por cierto, bastante antiguas en el universo rural boliviano y muchas veces cargadas de estigmas socioeconómicos. Mientras que, el gran beneficiario de esta expiación será el agronegocio, o sea, la gran burguesía agropecuaria del oriente.

Esto ya lo vimos el año pasado, cuando el agronegocio, a través de su brazo político en la gobernación de Santa Cruz, se aprestó a promover la narrativa sobre un conflicto artificial entre “sus indígenas” y los “avasalladores de occidente”, para “condenar los incendios forestales’’. Este relato proto-fascista se verá ampliamente favorecido por una “solución” penalista que incluso es promovida desde el gobierno y de los partidos de oposición. Mediante la expiación de los pequeños productores (indígenas y colonizadores), el agronegocio blindará el acaparamiento grosero e incontrolado de tierra, que lleva a cabo sobre las cenizas de los bosques. 

Stasiek Czaplicki es Economista Ambiental

Juan Pablo Neri es Antropólogo y politólogo

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