“Porque es el único que trabaja y lleva el sustento a su familia, por lo tanto, el Estado debería asumir inmediatamente la manutención y todas las necesidades que tiene la familia de ese padre de familia que ha sido detenido preventivamente”, alegó Egüez.
Eguez enfatizó que la detención preventiva, de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, es una medida cautelar o precautoria que se aplica “excepcionalmente”.
La situación es más crítica después que este 1 de mayo, el decano del Tribunal Agroambiental, Víctor Hugo Claure, fue abatido en la ciudad de Santa Cruz por dos sujetos a bordo de una motocicleta.
Mujeres, jóvenes, adultos mayores y hasta niños emprendieron la marcha el 6 abril desde la población de Porvenir, en Pando. El único objetivo es lograr la anulación de la Ley 1720.
Colegio de Abogados: El Estado debe hacerse cargo del sustento de las familias de preventivos
“Porque es el único que trabaja y lleva el sustento a su familia, por lo tanto, el Estado debería asumir inmediatamente la manutención y todas las necesidades que tiene la familia de ese padre de familia que ha sido detenido preventivamente”, alegó Egüez.
Detención preventiva: Colegio de Abogados ve político e inconstitucional cárcel a librecambista
Eguez enfatizó que la detención preventiva, de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, es una medida cautelar o precautoria que se aplica “excepcionalmente”.