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Nacional Sociedad

Defensoría advierte que la UMSA vulnera libertad de expresión al sancionar por hacer memes

El Consejo Universitario aprobó una resolución firmada por Heredia, que establece la contratación de un perito especialista para identificar a quienes hagan memes o insulten al dirigente de la FUL, Álvaro Quelali
19 de Mayo, 2022
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Sesión del HCU de 2021. Foto UMSA
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La Paz, 19 de mayo de 2022 (ANF).- La Defensoría del Pueblo considera una forma de censura al libre pensamiento y vulnera la libertad de expresión de los estudiantes y de la comunidad de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) la resolución del Consejo Universitario, que preside el rector Oscar Heredia, que establece sancionar a quienes mellen la imagen del dirigente de la Federación Universitaria Local, Álvaro Quelali; para ello dispuso la contratación de un perito especialista para identificar a los posibles agresores.
 
La institución expresa su preocupación por la decisión del Rector de la Universidad Mayor de San Andrés de La Paz de establecer como causal de proceso universitario “la difamación y calumnia realizada por cualquier medio ya sea escrito o digital en abuso de las tecnologías de información y comunicación a través de plataformas digitales, redes sociales o sistemas informático, disponiendo la contratación de un “perito informático” cuya función específica será “identificar a los posibles agresores a fin de iniciar las acciones disciplinaras o jurisdiccionales correspondientes”.

Considera que esta determinación se constituye en una forma de censura al libre pensamiento de las y los universitarios y vulnera la libertad de expresión de la comunidad universitaria de la UMSA, en ese marco, estará vigilante para que este principio democrático sea plenamente garantizado. 

La libertad de expresión se traduce en el derecho que tienen los ciudadanos de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por lo tanto, la restricción a este derecho, implicaría su vulneración, en su dimensión tanto individual como colectiva. 

El dirigente de la FUL ha sido objeto de crítica por el tiempo de permanencia como estudiante en la UMSA, al menos 20 años, de acuerdo a los registros de esa institución; además, porque cumpliría un tercer mandato en la dirigencia. El tema saltó en la agenda pública, por el caso del dirigente Max Mendoza, que tiene más de 25 años en la UMSS, además es presidente de la CUB y funcionario de la CEUB, un hecho ilegal, según fuentes universitarias.

Los cuestionamientos a los dirigentes surgen luego que cuatro universitarias murieron en una avalancha humana provocada por una gasificación en una asamblea estudiantil en la Universidad Autónoma Tomás Frías, el hecho se produjo por una pugna entre los dirigentes por el control de la FUL:

Al respecto, la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 1250/2012 señala que la libertad de expresión se trata de un derecho humano esencial que sirve de herramienta para medir el grado de compromiso democrático de los Estados en cuanto a su capacidad de reconocer que no corresponde a las autoridades políticas o religiosas, la determinación de la bondad o validez de las ideas u opiniones existentes en la sociedad, sino que es necesario dejar que ellas compitan entre sí.

La Resolución N° 144/2022, emitida por el Rector de la Universidad Mayor de San Andrés señala: ”ESTABLECER institucionalmente  como causal de proceso universitario la difamación y calumnia realizada por cualquier medio ya sea escrito o digital en abuso de las tecnologías de información y comunicación a través de plataformas digitales, redes sociales o sistemas informáticos”.

Asimismo, señala: “APROBAR la contratación como PERITO INFORMÁTICO de la UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES; dependiente de Secretaria General L.F.Z.C., profesional especializado en seguridad informática y ciber crimen, cuya función específica será resguardar y preservar la inviolabilidad de las plataformas sistemas, páginas y redes sociales institucionales, además, de identificar a aquellos posibles agresores a fin de iniciar las acciones disciplinarias correspondientes”.

La Defensoría del Pueblo recuerda que la instancia competente para promover la acción penal es el Ministerio Público y bajo su responsabilidad está la dirección funcional de las actuaciones investigativas realizadas por la Policía Boliviana, mismas que tienen por finalidad individualizar a los posibles autores y establecer los medios, mecanismos e instrumentos, así como su forma de utilización en la realización de un hecho delictivo no pudiendo recaer esta función en un servidor público dependiente de una casa superior de estudios. 
/ANF/

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    universidades