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Nacional Seguridad

Albañil sentenciado sin pruebas a 20 años de cárcel busca su absolución con la casación

El 23 de octubre de 2017 los jueces José Luis Quiroga Flores y Patricia Aguilar Aguilar fallaron declarando a Gonzalo Chura culpable del delito violación y le impusieron una pena de 20 años de cárcel, mientras que el juez presidente Iván Elmer Perales Fonseca emitió voto disidente al no existir “la suficiente prueba que cause convicción”.
10 de Noviembre, 2022
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Foto ilustrativa: Gente
La Paz, 10 de noviembre de 2022 (ANF).- En un proceso judicial con una fiscal que tiene parentesco con la supuesta víctima que presentó un testimonio “armado” por un caso de violación y jueces que se negaron a valorar las pruebas de descargo y la prueba científica que lo libera de responsabilidad, Gonzalo Chura, joven albañil que lleva más de siete años detenido en el penal de San Pedro, presentó el recurso de anulación de sentencia (o casación) en busca de justicia. El fondo del conflicto es la pugna por la tenencia de un inmueble que reclaman sus hermanas.

“Ha habido muchos detalles por parte de la fiscalía sobre todo que no han favorecido a Gonzalo Chura, por ejemplo, la fiscal Mónica de la Riva Irahola, de ese entonces, tenía estrecha relación con la denunciante y por ética la fiscal debería de apartarse, pero aprovechando esa condición, ha metido a la cárcel sin ninguna prueba a Gonzalo y ya va más de 7 años pagando una pena que no corresponde”, dijo a ANF la abogada Carmen Coaquira Villarroel.

Chura permanece en el penal de San Pedro de La Paz desde 2015 por la supuesta violación de su sobrina, pese a que una pericia del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) lo libera de culpa. La acusación contra Chura la inician sus dos hermanas mayores –Martha y Elizabeth- quienes tienen una disputa con Gonzalo por la propiedad de la casa de su madre.

“La detención arbitraria y la severa sentencia que no se basa en ninguna evidencia (además de un testimonio dudoso de la supuesta víctima) son factores suficientes para comprobar que en el juicio del señor Chura se ha llevado a cabo una descarada falta de respeto al debido proceso”, se lee en el informe realizado por el Instituto de Prevención de la Tortura (ITEI) que estudió el caso.

El ITEI evidencia que en el juicio contra Chura “no se tomaron en cuenta las previas amenazas y agresiones de parte de sus hermanas” que son las acusadoras; que no se consideraron los intentos previos de inculparlo, debido a que tan solo un día antes su hermana Martha lo acusaba de una agresión totalmente distinta.

También, agrega, se ignoraron por completo las evidencias contundentes de una violación de la víctima que no fue perpetrada por el señor Chura, sino perpetrada y confesada por su sobrino José Andrés; además, no se hizo ninguna valoración de la credibilidad del testimonio de la víctima, por lo que se dictó una arbitraria detención preventiva.

Martha, ante la inminente sentencia contra Gonzalo, en un acto de arrepentimiento por la denuncia sin fundamento, le pidió perdón cuando lo visitó en la cárcel y presentó desistimiento en dos oportunidades, pero los jueces no lo tomaron en cuenta y “dictaron una sentencia de 20 años de cárcel pese a que no había evidencias”.

La abogada Coaquira señaló que la primera irregularidad cometida en este proceso fue permitir que la fiscal Mónica de la Riva Irahola, compañera de trabajo de Martha en la Defensoría centro, en ese entonces, lleve adelante el caso, cuando por ética profesional debió haberse apartado, “pero ha estado a cargo de toda la investigación”.

“Esa situación no ha sido considerada por el juez y ha sido la parte más importante para que la fiscal haga todos los actuados que quiera contra Gonzalo”, apuntó.

La fiscal De la Riva rechazaba todos los elementos de descargo que presentaba la defensa de Gonzalo y se “mantuvo en la letra muerta de la denuncia”.

“Hay muchas irregularidades en este caso, en ese sentido mi persona ha presentado casación y esperemos tenga algún efecto con los magistrados de Sucre para que puedan valorar bien esta situación”, dijo. La casación observa principalmente la errónea valoración de la prueba y errónea aplicación de la ley sustantiva; la ausencia de fundamentación; y, defectuosa valoración de la prueba.

Coaquira considera que lo ocurrido con Gonzalo se debe a la cuestionable administración de justicia en el país, plagada de corrupción y abuso, como también lo evidencia el informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) y del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Diego García Sayán, que visitó Bolivia.

Todas estas irregularidades, agregó el ITEI, dan cuenta de que se han violado abiertamente -sin ningún intento de encubrirlo- varios de sus derechos humanos de Chura, de acuerdo a los Artículos 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dicen: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”; “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”; y, “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”. 

El ITEI concluyó en su informe que “el señor Chura ha sido arbitrariamente detenido, ha sido juzgado por un tribunal que ―con excepción del juez presidente, quien falló a favor de una condena absolutoria― no ha sido imparcial ni ha respetado sus derechos y, por último, ha sido presumido culpable a lo largo de todo el proceso, quizás incluso antes de que se le dé inicio”.

“Tanta injusticia, tantos abusos y torturas (que evidenció también el ITEI en su estudio psicológico), han dejado una serie de secuelas sumamente graves en la subjetividad del señor Chura (por lo que se llegó a diagnosticarlo, en este informe, con el Trastorno de Estrés Postraumático)”, indica.

ITEI recomienda que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) intervenga ante el Estado boliviano “para que el señor Chura sea plenamente restablecido en sus derechos civiles”; que se tomen las medidas necesarias para garantizar la reparación del daño causado de conformidad con los estándares internacionales de protección que obligan a los Estados a que dicha reparación sea integral.

El 23 de octubre de 2017 los jueces José Luis Quiroga Flores y Patricia Aguilar Aguilar fallaron declarando a Gonzalo Chura culpable del delito violación y le impusieron una pena de 20 años de cárcel, mientras que el juez presidente Iván Elmer Perales Fonseca emitió voto disidente al no existir “la suficiente prueba que cause convicción”.

“Dicha convicción no fue superada por las pobres y escasas pruebas producidas en el juicio oral al no señalar de forma objetiva cómo se realizaron los hechos y la agresión sexual por el imputado, al existir una agresión sexual anterior del año 2014 –ocasionado por su primo- que nunca fue investigado y cuyo delito queda impune (…) por lo que correspondía emitir una sentencia absolutoria”, se lee en parte del voto.

/ANF/

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    Caso Chura