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Nacional Política

Solo con 95% de muestra procesada hasta las 20.00 los medios podrán difundir conteo rápido

El vicepresidente Antonio Costas manifestó que los medios de comunicación no objetaron el Reglamento de difusión de estudios de opinión.
9 de Octubre, 2019
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Vocal Antonio Costas. Foto: ANF
Vocal Antonio Costas. Foto: ANF
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La Paz, 9 de octubre (ANF).- Los resultados del conteo rápido y de boca de urna el 20 de octubre podrán ser difundidos si las empresas de estudios han procesado al menos el 95% del total de la muestra hasta las 20.00, afirmó el vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral, Antonio Costas.

“La exigencia del reglamento establece que deben alcanzar una muestra del 95% a las 20.00 para ser publicadas, es una exigencia que se ha establecido en el reglamento y en ningún momento ha sido objetado por los medios de comunicación”, sostuvo Costas.

Esta disposición está señalada en el numeral III del artículo 16 del Reglamento para la elaboración y difusión de estudios de opinión que dice: “Sólo podrán difundirse los estudios de boca de urna y/o conteo rápido cuando estos hayan alcanzado el procesamiento de al menos el 95% del total de la muestra y al menos el 90% de la muestra por nivel geográfico de desagregación”.

El vocal manifestó que, si existe alguna solicitud de observación al tema, debe ser de conocimiento de la Sala Plena, para que en esa instancia se asuma una posición.

En anteriores procesos electorales, los medios de comunicación a partir de las 20.00 difundían paulatinamente los datos porcentuales de conteos rápidos y en boca de urna, en estas elecciones se adoptaría una nueva modalidad, porque solo se difundirán los datos si se alcanzan hasta el 90 y 95% del total de la muestra y de la muestra por nivel geográfico de desagregación, respectivamente.

Por otra parte, las encuestas de intención de voto solo pueden ser difundidas hasta un domingo anterior al día de las elecciones, es decir, el 13 de octubre es el último día de difusión de estos estudios.  

“Las encuestas de opinión se pueden publicar hasta el domingo anterior a las elecciones”, precisó Costas, al recordar que solo pueden difundir las empresas y medios de comunicación que tengan la autorización del Tribunal Supremo Electoral.

/NVG/

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