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Nacional Política

Promulgan ley que endurece penas a prevaricadores cómplices de feminicidas, violadores e infanticidas

La norma también establece que las personas acusadas de violación, feminicidio e infanticidio no podrán gozar de detención domiciliaria como medida cautelar y tendrán que cumplir las medidas preventivas en los penales
4 de Julio, 2022
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Presidente del Estado, Luis Arce, y la directora general del Servicio Plurinacional de la Mujer, Wendy Jael Pérez, en la promulgación de la Ley 179. Foto: captura

La Paz, 4 de julio de 2022 (ANF).- El presidente del Estado, Luis Arce, promulgó la mañana de este lunes la Ley 179 de Protección a Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación, norma que endurece las penas por los delitos de prevaricato y por consorcios de jueces, fiscales, abogados y operadores de justicia que favorezcan a los violadores, feminicidas e infanticidas.

“Esta ley es el punto inicial de las cosas que debemos hacer en el sector justicia. En primer lugar, esta ley lo que hace es agravar la pena a quien ose ir en contra de la vida de las mujeres y, a partir de esta ley, el juez quien decida actuar en contra de la ley, de la Constitución, va merecer una pena de hasta 20 años de cárcel. Estas son decisiones políticas que se están asumiendo en el ámbito de evitar que este grave crimen que es que la justicia favorezca a quienes cometen estos delitos pueda continuar. El delito de consorcio también sube la pena de 5 a 10 años de privación de libertad. Consorcio es cuando los fiscales, los jueces, los policías y la administración de justicia actúan en contra de las víctimas. Esto no puede continuar”, indicó el ministro de Justicia, Iván Lima, en su intervención durante la promulgación.

La norma también establece que las personas acusadas de violación, feminicidio e infanticidio no podrán gozar de detención domiciliaria como medida cautelar y tendrán que cumplir las medidas preventivas en los penales del país. Además, los sentenciados por estos delitos no podrán optar por ninguna de las medidas de libertad condicional o por enfermedades graves.

“Hoy es vital que la justicia, en estos casos, administre justicia, que los jueces no tengan opciones para favorecer delincuentes, que este crimen sea castigado sin ninguna excusa. Es también un llamado a todos y todas los que tienen que ver con estos lamentables casos, como abogados que por codicia no vacilan en prestar sus servicios profesionales a muchas de estas personas que han cometido este tipo de delitos y que se han escudado en vacíos legales y caprichosas interpretaciones para salir bien liberados después de la comisión de estos tremendos delitos”, argumentó el Presidente de Bolivia luego de promulgar la norma.

Entre otras disposiciones, la Ley 179 establece la imprescriptibilidad de la pena en los delitos de feminicidios, infanticidios y delitos de violación a niña, niño y adolescente; el delito de prevaricato para jueces y fiscales será sancionado hasta con 20 años de cárcel; solamente se aplicará la Cesación de las Medidas Cautelares Personales al privado de libertad que acredite enfermedad terminal.





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    Feminicidio en Bolivia,Infanticidio,Violación,Violación a menores