Ir al contenido principal
Dolar: venta Bs 6,96 | compra Bs 6,86
GIF ANF suscríbete
 

Nacional Política

Ministro Lima: Nunca hubo reconocimiento del TCP a la autoproclamación de Jeanine Áñez

El Tribunal Constitucional dijo a la Fiscalía que no existe una sentencia, declaración o autoconstitucional sobre la sucesión, sin embargo, también entregó la carta en la que cita la jurisprudencia sobre la que avaló la asunción de la exmandataria.
4 de Agosto, 2021
Compartir en:
Iván Lima, ministro de Justicia. Foto: Página Siete
Iván Lima, ministro de Justicia. Foto: Página Siete
Banner Jubileo, abril 22 2024

La Paz, 4 de agosto (ANF).- El ministro de Justicia, Iván Lima, afirmó que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) nunca reconoció la “autoproclamación” de la expresidenta transitoria Jeanine Áñez, durante la crisis política entre octubre y noviembre de 2019.

“Nunca hubo reconocimiento del @TCP_bolivia a la autoproclamación definida en reuniones fuera del Legislativo. La @FGE_Bolivia determinó el sobreseimiento de todos los exvocales acusados de "fraude" porque la investigación (realizada incluso durante el golpe) no encontró pruebas”, dice un tuit de Lima.

La autoridad hizo esta referencia después que el TCP respondió mediante una carta a un requerimiento fiscal en la que niega que exista alguna “sentencia, declaración o auto constitucional” referente a la sucesión de Jeanine Áñez a la Presidencia durante la crisis política de noviembre de 2019.

Sin embargo, el TCP también entregó admitió la existencia del comunicado del 12 de noviembre, con el que se avaló la sucesión. Además, aclara en la nota que “todo comunicado tiene carácter general y no particular”.

“Se concluye que no se encuentra Sentencia, Declaración o Auto Constitucional por el cual se hubiese emitido pronunciamiento sobre la constitucionalidad o inconstitucional de la sucesión Presidencial de la entonces senadora Jeanine Áñez Chávez, producida en noviembre de 2019”, se lee en el punto 1 del documento, que remitió el TCP a la comisión de fiscales del caso golpe de Estado, en respuesta a un requerimiento de esta instancia.

No obstante, en el punto 2 de la misiva, el TCP indica que “la fecha y hora de publicación del comunicado de 12 de noviembre de 2019, se encuentra descrita en el Informe TCP-INF-JUI N° 011/2021, elaborado por el jefe de la Unidad de Informática”.

En la fecha mencionada, el TCP emitió el comunicado con el que se respaldó la sucesión de Áñez al cargo de presidenta del Estado, y que en su primer punto señala:

“…frente a una sucesión presidencial, originada en la vacancia de la Presidencia de la República, ocasionada por la renuncia del jefe de Estado y no a un acto de proclamación, no requiriendo de ley ni de resolución congresal para que el Vicepresidente asuma la Presidencia, sino que conforme al texto y sentido de la Constitución, el Vicepresidente asume ipso facto la Presidencia de la República (…) cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la sucesión presidencial, prevista en el orden constitucional”.

Asimismo, en la segunda parte de este comunicado, se lee: “Consecuentemente, para la sucesión presidencial deberá aplicarse el contenido del artículo 169.I de la Constitución Política del Estado (CPE), tomando en cuenta la parte pertinente del precedente jurisprudencial de la Declaración Constitucional 0003/01 de 31 de julio de 2001”.

El titular de Justicia en otro mensaje señala que los “golpistas” después de perder la elección de 2020 “conspiraron y trataron de impedir la posesión de Luis Arce”.

Acotó que “El debido proceso es garantía de justicia y reparación para las víctimas de masacres, corrupción y graves violaciones de DDHH en el gobierno de facto. Quienes apuestan por la desinformación y la desestabilización solo atentan contra el derecho de las víctimas a obtener justicia”.

//NVG//

Etiquetas

    Justicia,Tribunal Constitucional,sucesión constitucional