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Nacional Política

Mesa: El fallo del TCP del 2018 no hace referencia a una persona en situación de asilo

El candidato presidencial por Comunidad Ciudadana (CC) manifestó que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) solo tiene que hacer una lectura correcta de la Constitución Política del Estado, en el caso de Evo Morales.
11 de Febrero, 2020
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Carlos Mesa, candidato presidencial por la alianza Comunidad Ciudadana (CC) hoy en visita al Hospital de la Mujer. Foto: CC
Carlos Mesa, candidato presidencial por la alianza Comunidad Ciudadana (CC) hoy en visita al Hospital de la Mujer. Foto: CC
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La Paz, 11 de febrero (ANF).- El candidato presidencial por la alianza Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa, afirmó este martes que el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de junio de 2018, no hace referencia a una persona en situación de asilo, refiriéndose a la candidatura de Evo Morales, quien postula como primer senador por Cochabamba para los comicios del tres de mayo.

“El fallo del TCP de 2018 no hace una referencia, cuando habla de residencia permanente o residencia intermitente, ni a una persona que está en el extranjero y mucho menos a una persona que esté en situación de asilo político o de refugio, esas son consideraciones que ese fallo no ha hecho”, manifestó Mesa.

El candidato por CC aseguró que no es necesario hacer ninguna impugnación a la candidatura de Evo Morales, lo que único que se tiene que esperar es que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) haga una lectura correcta de la Constitución Política del Estado (CPE).

Aseguró también que es una obligación constitucional el requisito de la residencia de dos años en la circunscripción para los candidatos a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y todos los postulantes tienen que cumplirlo.

“Creo que le han hecho al señor Morales dos o tres observaciones y lo que nos importa realmente, y para mi no tiene discusión, es que una persona que ha pedido asilo político, ha escogido una residencia fuera de Bolivia, y ya lleva tres meses en ese carácter; por lo tanto, desde el punto de vista constitucional no hay discusión”, expresó Mesa.

Según el Artículo 149 de la CPE de Bolivia, los aspirantes a la ALP tienen que cumplir con el requisito de permanencia en la circunscripción de la cual es candidato por un mínimo de dos años y cinco años para los aspirantes a la presidencia y vicepresidencia.

La sentencia 024, emitida por el TCP en junio de 2018, señala que puede tratarse de una condición de "residencia permanente" como también de una "residencia intermitente", por motivos de fuerza mayor. El detalle fue advertido por algunos analistas políticos y legisladores.

Al menos cinco candidatos no cumplirían con el requisito de la residencia y entre ellos están Luis Arce Catacora, David Choquehuanca, Diego Pary, Evo Morales y Mario Cossío.

///DPC///

Etiquetas

    Elecciones generales 2020,Comunidad Ciudadana,Carlos Mesa