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Nacional Política

Experto internacional: la CIDH no dirá que la reelección indefinida es un derecho humano

El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Costa Rica (UCR), Marvin Carvajal afirmó que la CIDH recordó que la democracia radica en la alternancia del poder.
14 de Febrero, 2019
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Marvin Carvajal, profesor de Derecho Constitucional de la UCR. Foto: ANF
Marvin Carvajal, profesor de Derecho Constitucional de la UCR. Foto: ANF
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Sucre, 14 febrero (ANF).- El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Costa Rica (UCR), Marvin Carvajal afirmó que la Corte Internacional de Derechos Humanos (CIDH) no dirá que la reelección indefinida es un derecho humano y que impedirlo viola la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). Recordó que la democracia radica en la alternancia del poder.

"Por supuesto que no podría especular qué va a decir la Comisión, pero creo que sí puedo especular qué no va a decir la Comisión, y la Comisión no va a decir que la reelección es un derecho humano y que ser electo indefinidamente viola la Convención Americana, estoy seguro, estoy convencido que ese no va a ser el criterio que va a desglosar la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, afirmó a ANF.

En entrevista con ANF, el experto dijo las decisiones que emita la CIDH en sus informes tienen una enorme relevancia en el ámbito continental, y aunque no serían vinculantes y de cumplimiento inmediato, constituyen parámetros interamericanos que deberían ser acatados por todos los países. Esto en relación a las denuncias formuladas en contra de la repostulación al cuarto mandato de Evo Morales. 

Carvajal calificó de “desacertada” la interpretación que hicieron algunos gobiernos de la región sobre la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) para la reelección indefinida. Sobre la repostulación de Evo Morales a un cuarto mandato recordó que la democracia radica en la alternancia del poder y no en la perpetuidad.

“La democracia radica en la alternancia del poder, pero cuando un solo partido está en el poder y adquiere muchísimo poder, adquiere una enorme influencia, tiene la posibilidad de colocar sus cuadros en las diferencias instancias, evita controles y fiscalizaciones y esto debilita la democracia”, afirmó.

El experto llegó a Sucre para participar del conversatorio regional: “La reelección presidencial en América Latina: estándares internacionales sobre el derecho humano a ser (re) elegido”. Al respecto calificó de un exceso, la interpretación que hicieron algunos gobiernos de la región al alcance de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para perpetuarse en el poder.

“Quienes han defendido la tesis de que la Convención garantiza postularse cuantas veces quiera de manera indefinida, olvida que uno de los principios más importantes de la democracia es la alternancia y la moderación”, afirmó.

Aun permitiendo la reelección –dijo el especialista- no se podría concluir que el impedir a una persona ser reelecta de manera indefinida vulnera los principios democráticos “más bien permitirlo genera un debilitamiento del sistema democrático, un debilitamiento de la institucionalidad, porque es bueno que las instituciones cambien del titular”.

“Lo cierto es que mucho tiempo en el poder el mismo partido favorece a estos fenómenos como la falta de independencia de poderes, pero cuando hay alternancia estos fenómenos son más difíciles, incluso son imposibles”, señaló en el evento paralelo a las sesiones que desarrolla la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Sucre.

El experto en derecho constitucional dijo que en el caso boliviano es aún más preocupante porque el soberano se pronunció en el referéndum del 21 de febrero de 2016 “y si el soberano entendió que no era conveniente que un mandato se respostulara más de un par de ocasiones y decidió no modificar la Constitución se debería respetar como cuando se respeta cuando el soberano dicta algo que les conviene a los gobernantes”.

Convención Americana

Carvajal señaló que de manera desacertada gobiernos de Costa Rica, Honduras, Nicaragua y Bolivia apelaron al artículo 23 de la Convención Americana para buscar la reelección indefinida sin considerar que los propios países ponen límites al poder en sus constituciones.-es: a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

/JMC/ 

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