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La Paz

TCP declara constitucional la Ley 233 de fiscalización territorial

La Ley 233 pone en vigencia sanciones ágiles y duras por incumplimiento de las normas de construcción.
8 de Diciembre, 2017
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Director de Asuntos Jurídicos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, Fernando Velásquez . Foto: GAMLP
La Paz, 8 de diciembre (ANF).- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró, con la sentencia 082/2017, la constitucionalidad de la Ley 233 de Fiscalización Técnica y Territorial, informó este viernes el director general de Asuntos Jurídicos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, Fernando Velásquez.

“Esta sentencia ha declarado la constitucionalidad de la Ley 233 y la improcedencia ante la falta de argumentos de parte de la acción que presentó el concejal Silva”, dijo Velásquez.

El concejal del MAS, Jorge Silva, fue quien presentó un recurso de inconstitucionalidad de dicha ley ante el Órgano Judicial.

Velásquez recordó que la Fejuve paralela dirigida por el autoproclamado dirigente Jesús Vera impulsó una serie de movilizaciones en contra de la normativa. Ahora, con el fallo del TCP, aseguró la autoridad municipal, queda demostrada la intencionalidad real de estas acciones.

“Entendemos (esto) como una acción política, eminentemente politiquera, con el dirigente (Jesús) Vera, el autoproclamado presidente de la Fejuve La Paz. Esto no hace otra cosa que demostrar que las movilizaciones producidas que han perjudicado al conjunto de la ciudadanía, al igual que estas declaraciones y acciones, simplemente se fundaban en mentiras que han distorsionado y engañado a la gente, diciendo que se iban a demoler todas las casas en la ciudad de La Paz”, dijo.

La autoridad señaló que ahora queda claro que la Comuna ha procedido conforme a derecho y que la ley va a ser plenamente vigente con su reglamentación. Recalcó que la normativa no se aplica para las viviendas de carácter social que no sobrepasen las cuatro plantas.

La norma 233 y su complementaria, la 240, buscan combatir a los avasalladores y loteadores. Uno de los reglamentos de la Ley 240 diferencia entre viviendas de carácter social y familiar de las construidas con fines de lucro y establece que las primeras de entre tres y cuatro pisos quedan exentas de la fiscalización.

/MAMP/FC/

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    Tribunal Constitucional,Alcaldía de La Paz,Ley 223