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Economía

Vence plazo para solicitar adecuación minera y la AJAM advierte con reversión de derechos

Las ex concesiones y contratos de arrendamiento otorgados con anterioridad a la Ley 535 de Minería y Metalurgia, se ajustarán a los Contratos Administrativos Mineros (CAM), figura incluida en la modificación de la ley minera.
11 de Febrero, 2019
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Erik Ariñez, director ejecutivo de la AJAM. Foto archivo ANF
La Paz, 11 febrero (ANF).- Por segundo año consecutivo y tras varias ampliaciones de plazos, la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) advierte, que en cumplimiento con el artículo 186 de la Ley de Minería y Metalurgia 535, el titular de derecho minero que no presente su solicitud de adecuación hasta este 13 de febrero, de acuerdo al grupo que corresponda o que no cumpla con el procedimiento, perderá el derecho a adecuarse y el área se revertirá al dominio del Estado.

El artículo 186 señala que: “la no presentación de solicitudes de adecuación, en el plazo establecido de acuerdo con el artículo precedente o el incumplimiento de los requisitos legales, dará lugar a la reversión de los derechos mineros a la administración del Estado, mediante resolución motivada de la AJAM”.

Sin embargo, las ex concesiones y contratos de arrendamiento otorgados con anterioridad a la Ley 535 de Minería y Metalurgia, se ajustarán a los Contratos Administrativos Mineros (CAM), figura incluida en la ley minero recientemente modificada.

La AJAM mediante su página web advierte que este lunes 11 de febrero vende el plazo complementario habilitado por el Ministerio de Minería y Metalurgia para la presentación de solicitudes de adecuación correspondientes al tercer grupo, de adecuación regular para derechos mineros adquiridos a través de actos de transferencia.

La entidad encargada de autorizar derechos mineros también establece que el 13 de febrero vence el plazo de seis meses conforme al cronograma de adecuación de derechos mineros, habilitado para la presentación de solicitudes de adecuación correspondientes al cuarto grupo referido a la adecuación especial de cotitulares o condóminos y la Corporación Minera de Bolivia (Comibol).

Del 14 agosto de 2017 al 13 de agosto de 2018, los derechos otorgados por la AJAM para explotación de minerales no metálicos llegaron a 1.259 casos, mientras que los titulares de derechos mineros clasificados al grupo tres de adecuación regular en el mismo periodo llegó a 885.

“Los titulares de derechos mineros que no hubiesen presentado su solicitud de adecuación, y estuvieron clasificados o corresponden al tercer o cuarto grupo deben apersonarse a las oficinas de las direcciones departamentales y Regionales de la AJAM, según su jurisdicción, para presentar su respectiva solicitud a través del Formulario AD-3.01”, señala el comunicado.

Entre los derechos mineros sujetos a la adecuación son las Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE), los contratos de arrendamiento minero suscritos con la Comibol, los contratos administrativos transitorios de arrendamiento minero suscritos con la ex Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera (AGJAM), las actividades aisladas de concentración, fundición, beneficio o refinación con anterioridad al Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros.

Los grupos fueron clasificados en cinco; el primero que fue de adecuación rápida se cumplió del 24 de enero al 24 de julio, periodo en el cual los titulares que presentaron su solicitud de intención de adecuación rápida con sólo la presentación de todos sus requisitos.

El segundo grupo de adecuación directa estuvo a cargo de los titulares de derechos mineros que debían presentar su solicitud del 14 de agosto al 13 de febrero de 2018; el tercer grupo comprendía el periodo del 14 de febrero de 2018 al 13 de agosto del año pasado.

El cuarto grupo de adecuación especial se realizará del 14 de agosto de 2018 al 13 de febrero de 2019; y el quinto, que comprende las áreas observadas en el catastro minero, que deberán presentar su solicitud de adecuación del 14 de febrero de 2019 al 13 de agosto de 2019.

/JMC/ 

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