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Economía

Un decreto complica a importadores e industriales de medicamentos y Agemed minimiza impactos

Agemed reconoce que la adecuación de las importadoras a los requisitos no marchó al 100%, pero justifica la determinación con el argumento de que la salud de la población está primero.
21 de Marzo, 2018
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Estante de medicamentos. Foto: boliviaentusmanos

La Paz, 22 marzo (ANF).- El decreto supremo 3376 del 25 de octubre de 2017, por el cual se modifica el decreto reglamentario 25235 de 1998 ha generado varias complicaciones a los importadores de medicamentos e incluso a los empresarios de la industria farmacéutica nacional, que han considerado que detrás de la norma hay la intención de desincentivar al sector.

La Agencia de Medicamentos y Tecnologías de Salud (Agemed) minimizó el impacto comercial de la norma, y justificó la aplicación de diferentes controles de calidad y legalidad a los medicamentos que se comercializan en el país, bajo el criterio que la salud de la población es primero.

El decreto supremo 3376 obliga a los importadores de medicamentos a avalar ante los diferentes consulados de origen y la cancillería boliviana la representación legal del fabricante. Con la disposición, al 31 de diciembre del año pasado, sólo 150 de las 560 empresas inscritas cumplieron con los requisitos.

Los importadores de medicamentos afirman que las nuevas disposiciones aprobadas por la Agemed les ha generado varios inconvenientes; desde la falta de timbres en los consulados del país de origen de los medicamentos para consularizar las representaciones legales, hasta la imposibilidad de desaduanizar mercadería que estaba en curso.

La directora ejecutiva de Agemed, María Julia Carrasco reconoció que a pesar de la coordinación con Cancillería no se puede decir que “todo marchó sobre ruedas al 100%, porque no sería correcto”. Sin embargo dijo que de acuerdo a los problemas que se presentaron en las empresas, también se dieron solución a las mismas.

El artículo 42 del decreto 25235 señala textual que: “para la importación de medicamentos, las firmas importadoras, deberán hacer constar ante el Ministerio de Salud la representación legal otorgada por los laboratorios fabricantes de los países de origen, mediante documento original legalizado conforme a ley. Dicho documento deberá contemplar el período de validez de la representación asignada”.

Sin embargo el DS 3376 especifica que la “representación legal es otorgada por los laboratorios fabricantes de los países de origen, debiendo contener en su tenor la fecha de vigencia de la señala representación en original y legalizados, cumpliendo el procedimiento a la normativa vigente, en las representaciones consulares y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional”.

Para la Cámara de la Industria Farmacéutica Boliviana (Cifabol) el cambiar el término de validez por vigente, no es sólo un problema de semántica como lo hace ver Agemed, pues tiene que ver con los términos de acuerdo con los fabricantes.

“Estos certificados tenían validez indefinida y tenían validez hasta que se revoque, pero la autoridad dispuso que estos certificados tengan vigencia, un tiempo de inicio y un tiempo final”, explicó el presidente de Cifabol, Víctor Hugo Ayllon.

En criterio del industrial, el problema se genera cuando la norma entró en vigencia y fue de exigencia inmediata, cuando la adecuación debió hacerse en 180 días.

“Hay un tiempo en el que hay que relacionarse con el proveedor y explicarle el motivo y la razón por el cambio de la norma, y en muchos casos los proveedores no terminaban de entender y decían: ´si mi certificado tiene validez en mi país, en varios países ¿por qué ustedes me piden otra condición que implique fechas?´, y en muchos casos ni sabían qué fechas podían poder y hasta cuándo”, apuntó.

¿Dónde discrepamos?   

En entrevista con ANF, la directora nacional de Agemed, María Julia Carrasco señaló que para esta entidad es muy importante que los importadores cuenten con la representación legal del fabricante.

“Todos los bolivianos sabemos que cualquier documento que viene de afuera para tener legalidad en nuestros país tiene que pasar por Cancillería, ese no era un requerimiento nuevo, les hemos pedido y algunas empresas solo les faltaba la legalización en la Cancillería”, dijo.

Carrasco dijo que el 26 de septiembre Agemed inició un ciclo de reuniones con Cifabol, la Asociación de Farmacias (Asofar), la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo, la Cámara de Exportadores (Cadex) entre otros, pararecordarles la obligación de cumplir con la normativa.

“Qué significa que el fabricante me está diciendo que soy legal, que estoy autorizado a comercializar y eso es a favor de la población, si aceptaba y lo dejaba así los controles de claridad imagínese qué pasaría (…). Nos han indicado que habían muchos productos observados y que justo eran esas empresas que no contaban con una representación legal”, señaló.

Desincentivar al sector

En criterio de los importadores de medicamentos, el Gobierno tiene la intención de desincentivar a las empresas e instalar una industria farmacéutica estatal, sin embargo la Directora de Agemed afirmó que las disposiciones no son nuevas, y que llevar la discusión a analizar la diferencia entre validez y vigencia es caer en un debate de semántica.

“En la agenda patriótica está el planteamiento de contar con un complejo farmacéutico, pero hay que aclarar que un complejo farmacéutico no nace de la noche a la mañana, también buscamos con el complejo farmacéutico mayor accesibilidad a medicamentos”, expresó.

En criterio de Carrasco, los mismos importadores se dan la respuesta a sus inquietudes. “No porque el Estado boliviano tenga un complejo farmacéutico vamos a empezar a eliminarlos (a importadores) porque por la multiplicidad de medicamentos y tratamientos que se necesitan para diferentes patologías, siempre vamos a necesitar de ellos”, aseguró.

Desde la aprobación del decreto cuestionado, Agemed registró que 743 empresas cumplieron con su representación legal, ya que lograron consularizar todos sus trámites.

“Tenemos 293 contratos que todavía están en curso para que los empresarios  tengan su representación legal; es decir, que de una u otra forma, no solo se han adecuado sino que se les ha permitido que comercialicen, importen, y ni hubo en ningún momento traba”, aseguró Carrasco.

Sin embargo los importadores consideraron que Agemed fue más allá en sus atribuciones y llegó incluso a vulnerar tratados internacionales que hacen al comercio internacional, al pedir a las empresas importadores sus contratos privados con las fabricantes, para internar medicamentos al país.

Al respecto Carrasco dijo que la propuesta de presentar los contratos privados surgió de los propios importadores. Pero aseguró que dichos documentos se encuentran en una caja fuerte y que solo tuvieron acceso a estos documentos su autoridad como representante de Agemed y la directora de jurídica.

El artículo 42 del decreto 3376 señala que “de manera excepcional se podrá presentar el contrato privado de comercialización, parta lo cual Agemed emitirá un reglamento específico”.

Los importadores consultados por este medio consideraron que el contrato privado de comercialización, no sólo recoge aspectos que hacen a la estrategia de la empresa sobre su cadena de comercialización, sino también su experiencia, sus contactos y otros aspectos que están protegidos en reserva por el derecho internacional.

/JMC/  

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