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Economía

Prevén que la devolución de aportes a las AFPs empiece en el mes de septiembre

La norma fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación y según la ley tiene un plazo de 10 días para que esté en vigencia.
26 de Agosto, 2021
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AFPs Previsión y Fututo. Foto:Internet.
AFPs Previsión y Fututo. Foto:Internet.
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La Paz, 26 de agosto (ANF). – Después que el pleno de la Cámara de Senadores sancionó el proyecto de Ley para la “Devolución Parcial o Total de Aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)”, se prevé que el pago se empiece a realizar en septiembre, una vez que la norma sea promulgada por el Órgano Ejecutivo y se apruebe su reglamentación.

El diputado del Movimiento al Socialismo (MAS), Omar Yujra, informó este jueves que el Ministerio de Economía y Finanzas, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) y la Coordinadora de los fondos de pensiones ya trabajan en la reglamentación de la norma.

“En el mes de septiembre se espera la cancelación, en este caso, la devolución parcial o total de los aportes a las personas que tengan una cuenta previsional personal”, informó Yujra en Unitel.

Según el presidente de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez, fue sancionado por las tres bancadas políticas, y que beneficiará a los trabajadores que se vieron afectados por la pandemia del coronavirus (Covid-19).

La ley establece que las personas que tengan en su cuenta previsional un saldo menor a los Bs. 100.000 podrán retirar el 15% del total independientemente de la edad que tengan. Asimismo, las personas que tengan un saldo mayor a los Bs. 100.000 sólo podrán retirar Bs. 15.000 sin importar la edad que tengan.

Sin embargo, los aportantes que tengan 50 años de edad y hayan acumulado un monto de Bs. 10.000, podrán retirar el 100% de su cuenta.

Yujra reiteró que el espíritu de la ley es el retiro de los aportes, aunque no es obligatorio sino voluntario, debido a que existe la posibilidad de que durante su vida laboral puedan hacer la devolución del retiro que hayan realizado para que su jubilación, la fracción solidaría y el tema de la salud no sean afectados.

“No es obligatorio, pero aquellas personas que hagan el retiro en el marco de lo que establece el artículo 2 (de la Ley), pues podrán devolver durante el transcurso de su vida laboral y así de esta manera al finalizar; es decir, cuando estén en la edad de jubilación, no pierdan ninguno de los beneficios que tengan en el sistema integral de pensiones”, explicó.

/ANF/NVG//

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    Devolución de aportes a las AFP,Aportes,AFPs,Devolución