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Economía

El TSJ confirma dos sanciones por $us 6,3 millones a la Cervecería Boliviana Nacional por prácticas anticompetitivas contra Cervecería Nacional Potosí

Estos recursos beneficiarán al Estado pero fijan un precedente contra las prácticas anticompetitivas que se pueden ejercer contra empresas nacionales.
3 de Mayo, 2022
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Infraestructura de la CBN en La Paz. Foto: Senado

La Paz, 3 de mayo ( AND).- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) mediante un fallo de octubre de 2021 confirmó las sanciones de dos multas a CBN en favor del Estado por un monto total de $us 6,3 millones, de acuerdo con una reciente resolución de la máxima instancia judicial del país. 

En el primer caso, la sanción asciende a 15.385.864,68 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), un monto equivalente a $us 5.000.000.-  por haber ejercido prácticas anticompetitivas en contra de Cervecería Nacional Potosí (CNP).

La segunda sanción es por 3.846.466,17 Unidades de Fomento a la Vivienda  (UFV) que equivale a $us 1.300.000.-  por haber distorsionado información.

Esta decisión forma parte de la Sentencia N° 52 que fue emitida en única instancia por el TSJ, el máximo Tribunal de Justicia y “es el resultado de más de cinco años de investigación respaldada por las autoridades administrativas y judiciales que intervinieron con sólidos argumentos técnicos y legales”, señalo el portavoz de CNP Juan Pablo Murillo Bernardis. 

De acuerdo con el contenido de la providencia del 27 de febrero de 2022 se declaró como ejecutoriada a la sentencia de octubre de 2021.

Sobre la base de estos antecedentes, Cervecería Nacional Potosí consideró, dijo el portavoz, que “la sentencia genera un precedente judicial en beneficio del Estado y de los derechos e intereses de los pequeños y medianos empresarios”.

Además, el fallo protege el derecho en favor de una leal y libre  competencia que precautela un desarrollo equilibrado y ordenado del mercado.

La Sentencia No. 52, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, social y Administrativa Primera, constituye un fallo judicial idóneo, oportuno, justo y conforme a derecho que se enmarca rigurosamente en disposiciones legales vigentes y contribuye a la seguridad jurídica del país.

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