
La Paz, 22 feb (ANF).- El arbitraje de Abertis no es por la expropiación de SABSA, pues, el proceso está en marcha desde abril del 2009 en la Corte Permanente de Arbitraje, tomando en cuenta los datos del informe de gestión de la Procuraduría General del Estado.
La demanda formal de arbitraje internacional fue notificada el 2 de junio del 2012, en tanto que la nacionalización de Servicios Aeroportuarios Bolivianos SA (SABSA) ocurrió el 18 de febrero del 2013.
En diciembre del año pasado, se presentó un “Memorial de Objeciones a la Jurisdicción Arbitral, admisibilidad de los reclamos y contestación a la demanda”, indica el informe de la Procuraduría al puntualizar que anexaron las pruebas documentales, testificales y periciales.
Además, iniciada la demanda ante la Corte Permanente de Arbitraje, el 27 de septiembre del año pasado, la Procuraduría solicitó la “bifurcación del proceso, poniendo a conocimiento del Tribunal Arbitral los puntos no arbitrables contenidos y que deben ser considerados independientemente del fondo de la demanda”.
DESDE EL 2009
Este arbitraje, anunciado en el 2009, se enmarca en el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), y está sustentado en el Tratado de Protección Recíproca a la Inversiones suscrito entre Bolivia y España.
En este marco, los 90 millones de dólares que la española pide como resarcimiento es por la “vulneración a los acuerdos suscritos en el Contrato de Concesión” y no por la estatización de los aeropuertos de El Alto, Cochabamba y Santa Cruz.
Se debe recordar que a contados días de los 15 años de la privatización de los tres aeropuertos internacionales, el gobierno los expropió el lunes 18, recién pasado.
La controversia es por “la supuesta vulneración a los acuerdos suscritos en el Contrato de Concesión; entre ellos la disminución tarifaria adoptada por la ex Superintendencia de Transportes desde el año 2005, y la aplicación del factor de eficiencia”, indica el informe de la Procuraduría.
Otros argumentos para este arbitraje mencionan a “la injustificada dilación en la consideración de la propuesta al aumento tarifario con motivo del aniversario PAR del Contrato de Concesión, negativa de AASANA de entregar facturas por el 20,8 por ciento del precio bruto”, añade el informe.
Adicionalmente, también se justifica el arbitraje en que “la Superintendencia de Transportes se haya arrogado el derecho a fijar los cobros y cargos por SAT, y la de conceder a su discrecionalidad a SABSA la potestad de subarrendar los SAT”.
Por Resolución Administrativa 04/97, del 26 de febrero de 1997, se otorgó la concesión para la prestación de los servicios aeroportuarios, y el contrato se firmó dos días después, entre la Administradora de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) y SABSA, que entonces era subsidiaria de Airport Group Internacional (AGI). //JTI//