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Economía

Diputado califica de "bendita" la ley y el decreto que autorizaron los desmontes hasta 20 ha

Lino Cárdenas manifestó que la Ley 741 limita a 20 ha los desmontes y que el decreto supremo 3973 además de permitir estos desmontes en Santa Cruz amplió a Beni. Manifestó que los chaqueos son prácticas de tiempos inmemoriales.
24 de Agosto, 2019
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El diputado Lino Cárdenas. Foto: ANF
El diputado Lino Cárdenas. Foto: ANF
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La Paz, 24  de agosto (ANF).- El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Lino Cárdenas, calificó de un “bendito decreto (3973)” y “bendita ley (741)” las normas que autorizan los desmontes hasta 20 hectáreas y que permiten la quema en los departamentos de Beni y Santa Cruz.

El legislador defendió ambas normativas, bajo el argumento que el gobierno de Hugo Banzer Suárez legalizó los chaqueos sin límites a través del decreto supremo 26075 “se podía chaquear para todo lo que se quiera”; sus declaraciones se realizan en medio de una emergencia por los incendios en la Chiquitanía, Santa Cruz.

Detalló que el presidente Evo Morales fue “el único” que tuvo la capacidad de poner límites a los chaqueos con la Ley 741 del 29 de septiembre de 2015, de “autorización de desmontes hasta 20 hectáreas para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias”.

“El único que se preocupa de poner límites es Evo Morales, el único como siempre. Y dicta una ley que algunos quieren satanizar que más bien es una bendición, es la ley 741”, manifestó el diputado Cárdenas.

“La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra – ABT, autorizará el desmonte de hasta veinte hectáreas (20 ha) en tierras con cobertura boscosa aptas para diversos usos y en tierras de producción forestal permanente, sin la presentación de Planes de Ordenamiento Predial – POP, o de Planes de Gestión Integral de Bosques y Tierra en pequeñas propiedades, propiedades comunitarias o colectivas, y asentamientos humanos con Resolución de Autorización, de forma expedita y simplificada”, dice la ley.

Sin embargo, el diputado también manifestó que el decreto supremo 3973 no puede ser “satanizado”, porque la norma solo amplió a Beni los desmontes hasta 20 hectáreas.

En su artículo 5 precisa que se autorizan los desmontes en los departamentos de Beni y Santa Cruz para actividades agropecuarias “en tierras privadas y comunitarias”, asimismo, se “permite las quemas controladas de acuerdo a reglamentación vigente, en las áreas clasificadas por el PLUS que así lo permitan”.

“¿Qué dice esta ley?, pone límites a los chaqueos a 20 hectáreas. Y además solo para fines agrícolas, es este decreto, bendito decreto. Bendita ley que dicta Evo Morales”, afirmó el diputado Cárdenas.

Señaló que los chaqueos existen desde “tiempos inmemoriales”, por lo que creer que este tipo de práctica va a desaparecer es una “ilusión”. Lo que hay que hacer es regular, el único que se preocupó es Evo Morales”.

/NVG/

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