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Nacional Política

TSE advierte a opositores con sanciones si hacen campaña por el voto nulo en judiciales

“Nadie puede hacer campaña”, aseveró Antonio Costas.
1 de Septiembre, 2017
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Antonio Costas. Foto de archivo: Internet.
La Paz, 1 de septiembre (ANF).- El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas, advirtió este viernes a legisladores, que anunciaron que harán campaña por el voto nulo en las elecciones judiciales del próximo 3 de diciembre, con sanciones previstas en las normas.

Los opositores que hicieron ese anuncio “son funcionarios públicos, son servidores públicos y no pueden hacer campañas. El que haga campaña está en las previsiones de la prohibición. No puede haber campaña y no puede haber propaganda. Están establecidas las sanciones”, señaló Costas.

Ante la insistencia de los periodistas sobre las sanciones para los que realicen campaña o propaganda, el vocal Costas fue enfático al señalar que “nadie puede hacer campaña”. 

“En este proceso electoral las campañas y la propaganda están prohibidas. Las opciones para un proceso electoral están establecidas por Ley, uno elige, puede hacer un voto blanco o un voto nulo”, agregó. 

Asimismo, Costas explicó que los candidatos que hagan campaña o propaganda serán “suspendidos e inhabilitados”. 

El reglamento para esta elección establece que “las candidatas y los candidatos estarán prohibidos para solicitar el voto por su candidatura u otras, ya sea a través de propaganda en medios o mediante campaña electoral, emitir opinión en contra de otros candidatos o candidatas por cualquier medio o espacio, dirigir o conducir programas radiofónicos o televisivos o mantener espacios informativos o de opinión en medios de comunicación y contratar espacios pagados en medios de comunicación radiofónicos, televisivos, escritos o digitales para la promoción de su candidatura”.

Costas recordó que los medios de comunicación serán “multados económicamente (e incluso) podrían ser suspendidos para que no puedan hacer propaganda electoral por dos procesos”. 

El reglamento señala que los medios de comunicación no podrán solicitar el voto ciudadano para alguna candidatura o candidaturas en cualquiera de sus espacios, difundir resultados de estudios de opinión en materia electoral que hubiesen sido realizados fuera del plazo establecido, sin cumplir los requisitos técnicos o por empresas o instituciones no habilitadas para el efecto y aceptar contratos con la finalidad de difundir méritos de las candidatas y los candidatos, a excepción de los efectuados por el Órgano Electoral Plurinacional.

Finalmente, Costas indicó que no existen previsiones establecidas en las normas que prohíban a los ciudadanos realizar campaña o propaganda electoral.

“Las previsiones no alcanzan a los ciudadanos en particular. Las personas no están incluidas dentro las previsiones”, aseguró.

/AQS/

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    Elecciones judiciales