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Nacional Política

Reelección indefinida: Opositores presentan al TCP solicitud de rechazo al pedido del MAS

Los opositores señalan que el TCP no tiene la atribución para resolver la "inaplicabilidad" de normas de la propia Constitución.
22 de Septiembre, 2017
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Ortiz y Murillo se presentaron en Sucre para formalizar la solicitud de rechazo al recurso del MAS. Foto: UD.
Ortiz y Murillo se presentaron en Sucre para formalizar la solicitud de rechazo al recurso del MAS. Foto: UD.
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La Paz, 22 de septiembre (ANF).- La oposición política del país presentó este viernes ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una solicitud de rechazo a la “acción de inconstitucionalidad abstracta”, que fue planteada por el oficialismo para conseguir que Evo Morales y otras autoridades tengan vía libre para una reelección indefinida. 

La solicitud fue presentada por los legisladores Oscar Ortiz y Arturo Murillo, en representación del grupo de expresidentes y líderes opositores, que ayer anticipó que iba a plantear este recurso ante el TCP para tratar de frenar la intención del Movimiento Al Socialismo (MAS).

“La demanda (del MAS) carece en absoluto de fundamentos jurídicos y constitucionales (…) teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional Plurinacional no tiene la atribución, ni la competencia, ni el procedimiento para declarar inaplicable cualquier artículo de la Constitución Política del Estado” para posibilitar que Morales y otras autoridades se postulen de manera indefinida en las próximas elecciones, argumentan los opositores en su solicitud.

Asimismo, en su documento, los opositores remarcan que la CPE sólo confiere al TCP la atribución de conocer y resolver asuntos sobre la inconstitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas, entre otros, pero “no para resolver la inaplicabilidad de normas de la propia Constitución.

En ese sentido, Ortiz indicó que la solicitud de rechazo explica detalladamente que la figura de ‘inaplicabilidad’ – solicitada por los legisladores masistas para los artículos 156, 168, 285 II y 288 de la Constitución- no existe en el ordenamiento jurídico nacional.

Además señaló que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya tiene antecedentes y jurisprudencia sobre este tema, ya que una denuncia presentada por el expresidente de Guatemala, José Efraín Ríos Montt, en 1993, sobre el mismo tenor, fue rechazada, al considerar que “restricciones a la elegibilidad no violan los derechos de los eventuales candidatos”.

/AQS/ELCA/


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    Reelección de Evo Morales