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Economía

Trabajo recuerda que presentación de planillas sobre retroactivos vence el 30 de junio

La Constitución Política del Estado señala que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio y que las normas laborales serán interpretadas y aplicadas tomando en cuenta los principios de protección de los trabajadores y trabajadoras.
28 de Junio, 2017
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Foto: Ministerio de Trabajo
La Paz, 28 de junio (ANF).- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social recuerda a los empleadores que hasta el viernes 30 vence el plazo para la presentación de planillas con el pago del retroactivo del incremento salarial dispuesto por el Gobierno el 1 de mayo de 2017.

Según la normativa aquellas empresas que hayan incurrido en el incumplimiento del pago de retroactivo serán sujetas a sanciones económicas, de acuerdo a la resolución 855 de la gestión  2014 que estipula pago de multa por días de retraso. Así mismo puede generarse otra sanción sobre un 40% del total ganado de la última planilla presentada. La norma también indica que se pueden generar otras multas adicionales resultado de inspecciones laborales, según escala de cantidad de trabajadores que alcanzarían de Bs 1.000 a Bs 10.000 por cada infracción a la ley social.

La Constitución Política del Estado señala que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio y que las normas laborales serán interpretadas  y aplicadas tomando en cuenta los principios de protección de los trabajadores y trabajadoras.

La Resolución Ministerial  No. 350/17 emitida por el Ministerio de Trabajo reglamentó la aplicación del incremento salarial para la gestión 2017 y para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado.

Esta resolución dispuso que el incremento salarial  se aplique  sobre el salario básico percibido durante la gestión 2016, y el mismo debe necesariamente estar formalizado mediante un convenio colectivo de incremento salarial  entre el empleador (dora) y los o las representantes  de  los trabajadores (doras).

Hasta el 31 de mayo de 2017 debió efectivizarse el incremento salarial y el convenio debe presentarse hasta el 30 de junio de esta gestión, a través de la Oficina Virtual de Trámites (OVT), debiendo adjuntar la planilla del reintegro y el propio convenio.

/ANF/

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    Pago del retroactivo